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Procedimiento de infracción europeo contra Italia por el ‘Dieselgate’

El logotipo del fabricante italiano de automóviles Fiat en la Piazza San Carlo de Turín (Italia), el 24 de enero de 2015 afp_tickers

La Comisión Europea abrió este miércoles un procedimiento de infracción contra Italia por violar las reglas de homologación, acusándola de no haber asegurado suficientemente la conformidad con las normas de modelos de la marca Fiat Chrysler.

En una carta de requerimiento, Bruselas se alarma por la utilización de dispositivos que permiten influir en las emisiones de óxidos de nitrógeno (NOx), un gas contaminante.

Las dudas surgieron tras las pruebas hechas en Alemania a raíz del escándalo de los motores trucados de Volkswagen. Berlín se había quejado de las emisiones elevadas de un modelo de vehículo homologado por Italia.

El contencioso entre los dos países se resolvió de forma amistosa con la mediación de la Comisión. Los gobiernos de Roma y Berlín se pusieron de acuerdo sobre la necesidad de que Fiat “tomara medidas para reducir el nivel de emisión” de óxidos de nitrógeno de los vehículos concernidos.

La Comisión, sin embargo, decidió exigir en su nombre explicaciones a Italia, recordando que los dispositivos de desactivación de los controles antipolución “en forma de programas, temporizadores o ventanas térmicas que conllevan un aumento de emisiones de NOx fuera de los ciclos de prueba” están prohibidos, a menos que se justifique su utilización para proteger el motor y su buen funcionamiento.

“La Comisión pide oficialmente a Italia que responda a las dudas expresadas en cuanto a la justificación insuficiente de la necesidad técnica -y por lo tanto, de la legalidad- del dispositivo de desactivación utilizado”, explica en un comunicado.

“Desea, además, que Italia precise si omitió cumplir con su obligación de adoptar medidas correctivas respecto al vehículo Fiat Chrysler concernido, e imponer sanciones al fabricante”, agrega.

El Gobierno italiano dispone ahora de dos meses para responder a esta primera etapa del procedimiento de infracción, que puede ser abandonado si la Comisión considera haber recibido explicaciones suficientes pero que también puede resultar en sanciones.

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