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¿Vox populi, vox Dei?

La experiencia suiza con respecto al cantón del Jura, podría ofrecer algunas pistas en el caso Catalán. Keystone

Madrid rechaza abrir cauce a las aspiraciones independentistas en Cataluña. En España reina el impasse, lo mismo que otrora en Suiza ante la pretensión autonomista del actual cantón del Jura. ¿Qué camino permitió el despeje? ¿Cómo se atendió la voluntad separatista en un tercer y más reciente ejemplo, el de Escocia? Análisis comparativo del investigador Nicolas Aubert.   

“En Cataluña hay una situación bloqueada. La vía real sería enmendar la constitución española para crear un marco legal que permitiera la organización de un referéndum”, señala el experto del Centro de Investigaciones sobre la Democracia Directa (c2d) de Aarau.

Un segundo paso, añade, sería negociar las modalidades del procedimiento: ¿qué competencia tiene quién, para organizar qué, en qué tiempo, con qué financiamiento, quién puede votar, qué se pregunta, cómo se formula la pregunta, bajo qué reglas para la mayoría…?

Advierte que si bien los referéndums se han hecho muy populares en el mundo, no son un fin en sí mismos y su realización requiere una serie de aspectos que garanticen su legitimidad y que contemplen su implementación.

En su opinión, el “proceso participativo” convocado por las autoridades catalanas el pasado 9 de noviembre, más que abrir la vía al referéndum, “fue una demostración de fuerza que contribuye a endurecer el conflicto”.

Madrid ha desautorizado los intentos de Cataluña de conocer la opinión popular por la vía de las urnas, con el argumento de que la Constitución de España no contempla la realización de consultas populares con fines secesionistas. De hecho, la generalidad de las cartas magnas obvian un mecanismo semejante toda vez que el territorial es un componente fundamental del Estado.

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El camino del Jura

Suiza no era una excepción. La constitución bernesa no permitía organizar una votación semejante, lo que llevó al impasse. En 1959, una iniciativa popular para introducir las enmiendas necesarias fue rechazada por los votantes. El tema no quedó resuelto y la tensión fue en aumento.

Para finales de los sesenta, recuerda Auber, y ante el temor de ser sobrepasado por un movimiento que originalmente reclamaba más autonomía pero que con el tiempo se pronunció por la separación, Berna decidió una estrategia de “acomodación”. A saber: organizó una conferencia y el parlamento preparó una enmienda para permitir el procedimiento con base en una serie de referéndums a diversos niveles.

“Vemos que fue necesario que las autoridades centrales cambiaran su posición y aceptaran entrar en materia”, con ello, no solamente se rompió el impasse, sino que Berna pudo influenciar el procedimiento y con ello minimizar la pérdida territorial ya que solamente se separaron algunas partes.

Empero, el jurista hace hincapié en que Suiza, con una tradición de democracia directa que remonta al siglo XIX y una práctica importante (más de 10 000 votaciones sobre objetos cantonales, unas 600 sobre objetos federales ), es un Estado federal y posee un modelo específico no exportable.

Escocia, una experiencia ilustrativa

Subraya igualmente que mientras en el Jura la intención ciudadana no era dejar el país, sí lo fue en el caso de EscociaEnlace externo: donde en 2011, la promesa de organizar una consulta popular sobre el futuro llevó a la victoria al Partido Nacionalista.

Evoca nuestro interlocutor la oposición inicial del Reino Unido. Tampoco ahí existía un marco legal que permitiera ese tipo de escrutinio. No obstante, y en lo que Auber califica también de “estrategia de acomodación”, Londres optó, como lo había hecho Berna, por organizar la votación para evitar el riesgo de exacerbación y poder dirigir el escrutinio: La consulta versó exclusivamente sobre la independencia, sin más opciones.

“Fue quizá un mal cálculo, porque aquellos que querían solamente una mayor independencia estarían empujados a votar por la independencia. Por ello, en las semanas previas a la votación, los partidos políticos intervinieron en la campaña con la promesa de otorgar esa mayor autonomía en caso de un no a la independencia”, opción que finalmente se impuso.

Nicolas Auber subraya  que en el caso de Cataluña, la actitud de autoridades centrales es otra: Madrid rehúsa entrar en materia sobre la reivindicación. La situación escala un conflicto abierto. El referéndum que estaba previsto fue prohibido. “El tono se alza, los frentes se endurecen. Breve, estamos en el impasse porque las partes rechazan hablar”.

La constitución española no permite organizar un voto semejante, el modo de revisión es muy rígido y por ahora es poco probable que la constitución pueda ser enmendada para tal fin. “Estamos en un impasse que no deja de recordar la situación en la cual estaba el Jura en los años 50-60 en la que los frentes estaban bloqueados, los partidos campeaban en sus posiciones y nada se movía”.   

Con el objetivo de hallar una salida, las autoridades catalanas anunciaron la celebración de elecciones para el próximo mes de septiembre bajo el signo de la independencia y que, por ende, tendrán un marcado carácter plebiscitario.

La vía de las elecciones

Para el jurista, los comicios permitirán a Cataluña reposicionarse respecto a la reivindicación independentista, pero también los comicios generales, previstos para fin de año en el país, podrían incidir en que hubiera algún movimiento en caso de que surgieran nuevos interlocutores dispuestos a dialogar. 

Inquirido sobre si existe una justificación que fundamente el deseo secesionista en Cataluña, el investigador enfatiza que no se puede juzgar de manera objetiva. “No hay respuesta absoluta, depende de la opinión política de cada uno, de su concepción del mundo, de la insatisfacción que pueda haber respecto a la situación presente, de la esperanza ligada a la promesas de días mejores…”

Desde su punto de vista, habría que preguntarse más bien cuál será la respuesta a esas reivindicaciones, y más precisamente, en términos de qué procedimiento. “A ese nivel se puede quizá juzgar el carácter más o menos legítimo o democrático a la respuesta a las reivindicaciones”.

¿Los catalanes deberían tener la posibilidad de expresarse con su voto?

“Sería una manera de zanjar la situación. No es la única. En el campo teórico podría recurrirse a la democracia representativa sin tener que preguntar directamente a la población. Sin embargo, la demanda, y no solo de los políticos, sino de la población, es poder expresarse sobre el asunto”.

A ese nivel, agrega nuestro entrevistado, pueden reconsiderar los casos del Jura y de Escocia respecto a los procedimientos empleados. Sin embargo, insiste el especialista, la consulta popular no debe ser considerada como un fin en sí misma. Entre los muchos aspectos a tener en cuenta cabe destacar el hecho de que el resultado de la votación no podrá ayudar a la solución del conflicto si no es aceptado por todos y para que lo sea, tiene que ser considerado legítimo.

Señala el estudioso que con frecuencia se vehicula la afirmación de que la consulta popular es legítima por el simple hecho de que es el pueblo el que se expresa, pero “la legitimidad de una decisión no se desprende únicamente de la naturaleza popular sino que depende, sobre todo, del procedimiento bajo el cual es tomada”.

c2d

El Centro para la Investigación sobre la Democracia Directa (c2d) fue fundado en 1993 en el Departamento de Derecho Constitucional de la Universidad de Ginebra.

En 2007 pasó a formar parte del nuevo Centro de Estudios para la Democracia de Aarau.

En sus investigaciones sobre los referéndums de soberanía en el mundo ha identificado 600 casos desde finales del siglo XVIII.

Trabaja con un enfoque comparativo.

Su objetivo es proceder a una reevaluación crítica del referéndum de soberanía para determinar si esos mecanismos permiten resolver crisis.

Señala que en los últimos años ha habido un incremento sustancial de ese tipo de consultas populares, incluidos los casos de Escocia, Crimea y Montenegro.

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