El TJUE sentencia que la Comisión pague intereses a las empresas multadas indebidamente
Bruselas, 11 jun (EFE).- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sentenció este martes que la Comisión Europea deberá indemnizar con intereses, además de devolver el total, a las empresas multadas indebidamente en materia de competencia que hayan abonado las multas provisionalmente.
Según señala el tribunal, estos intereses están destinados a indemnizar el período comprendido entre la fecha del pago provisional de dicha multa anulada o reducida y la de devolución para cubrir la privación del disfrute del importe en cuestión.
La obligación, explica el órgano, existe incluso cuando los rendimientos financieros de la inversión por la Comisión del importe de dicha multa durante ese período hayan sido nulos, o incluso negativos.
Esta decisión parte de la sentencia en la que desestima el recurso de casación que la Comisión interpuso ante el TJUE después de que el Tribunal General le condenase a pagar aproximadamente 1,8 millones de euros a la empresa Deutsche Telekom AG.
La disputa comenzó en octubre de 2014, cuando la Comisión Europea impuso a dicha empresa una multa de unos 31 millones por abuso de posición dominante en el mercado eslovaco de los servicios de telecomunicaciones de banda ancha.
La compañía alemana interpuso recurso de anulación contra dicha decisión ante el Tribunal General, aunque procedió a pagar dicha multa con carácter provisional en enero de 2015.
Dicho tribunal estimó parcialmente el recurso y redujo el importe de la multa en unos 12 millones y en consecuencia la Comisión devolvió a la empresa ese importe en febrero de 2019.
Tras esto, Deutsche Telekom solicitó a la Comisión que le abonara los intereses de demora sobre dicho importe por el período comprendido entre la fecha del pago de la multa y la de devolución de esta, es decir, más de cuatro años.
Ante la negativa de la Comisión, Deutsche Telekom se dirigió de nuevo al Tribunal General, que condenó a la Comisión a pagar esos 1,8 millones de euros. EFE
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