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CE multa con 48 millones a ferroviarias alemana, austriaca y belga por cártel

Bruselas, 20 abr (EFE).- La Comisión Europea multó este martes con 48 millones de euros a la operadora de ferrocarriles austriaca Österreichische Bundesbahnen (ÖBB), a la alemana Deutsche Bahn (DB) y a la Sociedad Nacional Belga de Ferrocarriles (SNCB) por participar en un cártel para repartirse clientes en el transporte de mercancías transfronterizo.

El cartel funcionó entre diciembre de 2008 y finales de abril de 2014 y afectó al transporte transfronterizo de mercancías en trenes bloque en corredores clave de la Unión Europea, según informó el Ejecutivo comunitario en un comunicado.

Bruselas precisó que las tres empresas admitieron su implicación en el cártel y acordaron resolver el caso.

“El transporte de mercancías por ferrocarril es vital para un modelo de economía sostenible. La competencia justa es importante para proporcionar a los clientes la mejor oferta a la hora de utilizar un transporte sostenible. Un cártel entre los principales operadores de servicios de transporte de mercancías por ferrocarril en corredores esenciales de la UE va fundamentalmente en contra de ese objetivo”, declaró la vicepresidenta de la CE encargada de Competencia, Margrethe Vestager.

Bruselas recalcó que la infracción afectaba al transporte transfronterizo de mercancías por ferrocarril en la UE ofrecido por ÖBB, DB y SNCB bajo el modelo de reparto de mercancías mediante trenes bloque.

Los trenes bloque son trenes de mercancías que transportan bienes desde lugares como el espacio de producción del proveedor de esos productos hasta otro espacio, como un almacén, sin dividirse ni realizar pausas intermedias en el camino. Suelen viajar entre los puertos de Rotterdam, Amberes o Hamburgo y plantas industriales de Alemania y Austria.

Bajo el modelo de reparto de mercancías, un modelo contractual previsto en la legislación internacional ferroviaria, las empresas de ferrocarril que realizan servicios transfronterizos ofrecen a los clientes un precio global único por el servicio requerido bajo un solo contrato multilateral.

La investigación de la Comisión reveló que las tres compañías se coordinaban al intercambiar información sobre las peticiones de los clientes de ofertas competitivas y que se transmitían entre ellas las más elevadas para proteger sus actividades.

De ese modo, las empresas han participado en un sistema de reparto de la clientela, lo cual prohíben las normas de la UE sobre competencia.

La conducta ilegal se prolongó desde el 8 de diciembre de 2008 hasta el 30 de abril de 2014, si bien la SNCB solo participó a partir del 15 de noviembre de 2011 para el transporte efectuado por ÖBB, DB y SNCB.

El cártel afectaba a los sectores del transporte habituales, con la excepción de los automóviles.

A la hora de fijar el importe de las multas, la CE tuvo en cuenta, en particular, el valor de las ventas logrado por los participantes en el cártel para los servicios en cuestión en la UE en 2013, el último año completo en el que se produjo la infracción, así como la “grave naturaleza” de la infracción, el alcance geográfico y la duración de la participación de cada empresa en el pacto.

La sanción para DB se incrementó un 50 % porque con anterioridad ya había sido responsable de otro cártel y, por lo tanto, es reincidente.

Mientras tanto, a ÖBB se le dio total inmunidad y evitó una multa de 37 millones de euros.

DB y SNCB se beneficiaron de una reducción en las multas por su cooperación con la Comisión durante la investigación. La disminución refleja el momento en el que comenzó la colaboración y el grado en el que las pruebas proporcionadas permitieron a Bruselas demostrar la existencia del cártel.

Además, la Comisión redujo en otro 10 % la multa a las tres firmas a la vista del reconocimiento de su participación en el cártel y su responsabilidad en la materia.

Así, DB deberá abonar 48,3 millones de euros y SNCB, 270.000 euros. EFE

jug-lpc/drs/prb

(Más información sobre la Unión Europea en euroefe.euractiv.es)

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