Un secreto bancario hecho a la medida
En Suiza han quedado atrás aquellos tiempos en los que el ministro de Finanzas afirmaba a ultranza que el secreto bancario “era innegociable”.
Hoy, la presión de otros gobiernos y la necesidad de defender sus propios intereses conducen a Suiza a aplicar un secreto bancario cada vez menos estricto, y variable en función del gobierno que tenga frente a sí.
Los Convenios para Evitar la Doble Imposición (conocidos como CDIs) son acuerdos bilaterales que impiden que los ciudadanos y empresas que generan ingresos en otros países sean gravados dos veces por el mismo ingreso (en su nación y en aquella en donde realizan negocios).
En principio, Suiza los negoció para evitar una penalización financiera de sus empresas frente a las competidoras extranjeras.
Sin embargo, de tres años a la fecha, los CDI son también una herramienta útil de asistencia administrativa entre gobiernos cuando alguno sospecha que sus contribuyentes evaden impuestos a través de depósitos realizados en algún banco suizo.
El 13 de marzo del 2009, el ministro de Finanzas de la época, Hans-Rudolf Merz, anunció que Suiza estaba dispuesta a revisar y renegociar los CDI que tenía en vigor con otros gobiernos más importantes y afirmó que aplicaría los principios del Artículo 26 del Modelo de Convención Fiscal de la OCDE, artículo que exige el intercambio de información entre gobiernos con fines fiscales.
Este apartado extiende también el compromiso del intercambio de información confidencial a los casos de presunta evasión y no solamente a los de fraude.
La lista gris
Con esta decisión, Suiza intentaba curarse en salud, esto es, el Consejo Federal (gobierno suizo) buscaba evitar que el país apareciera en la «lista gris» de paraísos fiscales de la OCDE.
La medida implicaba un debilitamiento del secreto bancario que Merz había defendido poco antes y que había calificado como “no negociable”.
Entre la primavera del 2009 y la del 2011, Suiza ha firmado CDIs revisados con 35 países, de los cuales 26 respetan ya los principios de la OCDE.
Pese a ello, el grueso de los 80 CDIs que Suiza ha negociado en su historia corresponden aún a los estándares previos al 2009. Un panorama que se complica aún más para Suiza considerando que durante los últimos dos años la OCDE ha ajustado a su vez sus exigencias, lo que llevó a Berna a otorgar aún más concesiones este 2011.
El escándalo UBS
De acuerdo con los estándares ampliados de la OCDE, la identificación precisa (nombre y dirección) de los contribuyentes sospechosos de evasión o fraude es una condición indispensable para proveer asistencia administrativa a otros gobiernos.
Pese a ello, el gobierno suizo decidió este año que estas dos condiciones ya no serán imperativas.
Esencialmente, el panorama se complica porque los diversos CDI presentan diferencias importantes en sus contenidos en función de las exigencias que hacen los gobiernos con los que se negocian.
Estados Unidos, por ejemplo, es un estado cada vez más estricto y demandante con Suiza, especialmente desde que se descubrió que UBS, el banco más importante del país, promovió la evasión a gran escala entres sus clientes estadounidenses.
Washington, más exigente
Los expertos admiten que la situación presente es todo menos simple.
“Actualmente, es complejo lograr una visión de conjunto. Los requerimientos cambian todo el tiempo. Los gobiernos están inmersos en un proceso que será largo”, afirma Rolf Benz, profesor de Derecho Fiscal de la Escuela Superior de Ciencias Aplicadas de Winterthur.
Para Suiza, los ajustes más importantes conciernen las relaciones con EEUU. La exigencia de las autoridades fiscales estadounidenses rebasa el marco de los CDI en vigor y supone que el secreto bancario se debilite aún más antes de que el más reciente CDI entre Suiza y EEUU entre en vigor.
Cabe recordar que el Parlamento suizo decidió postergar el debate del conjunto de nuevos acuerdos fiscales con EEUU para después de las elecciones federales suizas del 23 de octubre. Pero los requerimientos de EEUU siguen sobre la mesa y sin intención de ceder.
“Con EEUU se practica la aplicación de un efecto retroactivo. Oficialmente, los negociadores americanos argumentan que el antiguo CDI era más estricto en la teoría que en la práctica. Finalmente, Suiza adapta este CDI a las necesidades concretas de EEUU. Pero no es el caso con otros Estados”, refiere Rolf Benz.
Distintos intereses
El secreto bancario suizo se ha convertido en un principio con grados de flexibilidad diversos según el país con el que se haya negociado y se aplique.
“Lo cierto es que los intereses varían mucho de un país a otro. No todos los estados esperan lo mismo de nuestra parte”, refiere Rodolf Benz. Y añade que Suiza también tiene prioridades distintas en cada una de sus relaciones bilaterales.
“Ganamos más cediendo terreno frente a los estados con los que tenemos un mayor intercambio económico que frente a aquellos con los que la relación es menos importante”, puntualiza.
Secreto bancario
1934: El secreto bancario suizo adquiere estatus jurídico y se inscribe en la Ley Bancaria. Se aplica a fortunas nacionales y extranjeras.
1977: Los bancos suizos comienzan a indagar la proveniencia de los fondos que reciben.
2004: Suiza pacta con la UE un acuerdo de fiscalidad del ahorro que busca luchar contra en fraude fiscal, al tiempo que defiende la confidencialidad de los clientes.
2008: El escándalo UBS, desatado debido a que este banco promovió una red de evasión en EEUU, acrecienta la presión internacional para que Suiza suprima el secreto bancario.
2009: Para salir de la ‘lista gris’ de la OCDE de paraísos fiscales, Suiza acepta flexibilizar su secreto bancario. Ahora considerará también la ‘evasión’ como delito y no solo el fraude fiscal, pero se rehúsa al intercambio automático de información fiscal con otros países.
2011: Nuevamente, por temor a ser incluido en una ‘lista gris’ de la OCDE, Suiza acepta reducir los requisitos que pide a otros países para entregarles información bancaria confidencial, ligada a presuntos evasores, como la exigencia del nombre y domicilio del sospechoso de evasión.
Suiza y CDIs
Convenios para evitar la doble imposición (CDI) acordes con el Artículo 26 del Modelo de Convención Fiscal de la OCDE:
En vigor:
Dinamarca
Finlandia
Noruega
Francia
Gran Bretaña
Qatar
Luxemburgo
México
Austria
España
Canadá
Sujetos a la aprobación del Parlamento:
EEUU
Países Bajos
Turquía
Japón
Polonia
India
Alemania
Kazajstán
Uruguay
Grecia
Firmados...
Hong Kong
Corea del Sur
Eslovaquia
Inicialados
Irlanda
Malta
Omán
Rumania
Suecia
Singapur
Emiratos Árabes Unidos
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