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Alcances del nuevo acuerdo entre Suiza y Argentina

Micheline Calmy-Rey, ministra suiza de Exteriores, durante su visita a Buenos Aires en noviembre del 2005. Keystone Archive

Suiza y Argentina firmaron un nuevo convenio para evitar la doble imposición que aún debe ser aprobado por la Cámara de Diputados del país sudamericano.

swissinfo consultó a expertos en materia impositiva internacional para conocer los alcances y repercusiones que el acuerdo tendría para las empresas helvéticas.

Luego de la corrección de varios puntos que impidieron, desde 1997, que el acuerdo bilateral para evitar la doble tributación entre Suiza y Argentina alcanzara plena vigencia, se espera que en menos de un año sea ratificado por el Congreso.

Expertos en la materia y asesores de empresas suizas en Argentina, explicaron a swissinfo los alcances del nuevo acuerdo, los puntos que fueron revisados y el impacto que este cambio significaría para las compañías.

El objetivo de estos tratados

Fernando Montes, socio de la División de Impuestos de ‘Ernst & Young Argentina’, empresa que asesora a la helvética Novartis, señaló que el objetivo principal que persiguen estos convenios para evitar la doble imposición es el de reducir o eliminar la doble tributación internacional que se produce cuando se grava con impuestos similares a la misma base imponible en un mismo período de tiempo:

“Esta doble tributación se origina, entre otros motivos, por los continuos flujos de mercaderías, servicios, tecnología y capitales, entre distintos países con sistemas tributarios que no siempre son similares”.

Para Montes, esta doble imposición tiene efectos nocivos sobre el intercambio de bienes y servicios y sobre los movimientos de capital, de tecnología y de personas.

Para los especialistas consultados, estos acuerdos dan a los inversores un marco legal de mayor certeza en cuanto al régimen tributario aplicable; protegen de la discriminación tributaria a los residentes de un país que desarrollen actividades en el otro y establecen un procedimiento para resolver, en la medida de lo posible, las disputas tributarias que se produzcan en la aplicación del mismo.

¿Cómo funcionó hasta ahora?

Violeta Lagos, ‘Manager Tax & Legal’ de ‘KPMG Argentina’ (firma independiente integrante de la red que coordina la cooperativa suiza ‘KPMG International’), explicó que ahora se firmó un protocolo de enmienda al convenio que se había firmado en 1997, el cual, aunque había sido ratificado en Suiza y a pesar de haber sido elevado al Congreso argentino en dos oportunidades, aquí no se aprobó.

“Recién en el año 2000 ambos gobiernos suscribieron un protocolo adicional donde decidieron aplicar provisionalmente el acuerdo, algo que está previsto dentro de los Tratados de Derecho Internacional que se rigen por las normas de la Convención de Viena”.

Aún cuando Argentina nunca aprobó por Ley el tratado, motivo por el que nunca entró en vigor, Lagos y Montes explicaron que la Convención de Viena también prevé que dichos acuerdos se pueden aplicar provisionalmente si los Estados negociadores así lo convienen, y esto fue lo que pasó en este caso.

“Aunque el acuerdo regía en la práctica desde 2001, existía incertidumbre, porque si Argentina denunciaba el tratado, dejaba de regir”, sostuvo Lagos.

La cláusula de la discordia

“¿Por qué no fue aceptado aquí? Porque tenía una cláusula que no permitía a Argentina efectuar ninguna retención de impuestos por el pago de regalías a Suiza”, aseguró la experta de KPMG y agregó:

“En general, casi todos los convenios que tiene suscriptos Argentina prevén tasas de retención reducidas, que varían según la regalía de la cual se trate”

“En este caso, en el antiguo protocolo se introdujo una cláusula que decía que en la medida en que Suiza no efectuara ninguna retención por el pago de regalías a no residentes, se veía imposibilitada de efectuar retención en la fuente. Y esta fue la cláusula de la discordia”.

Lagos destacó que como Suiza, por su legislación interna, no graba los pagos de regalías a no residentes, la cara contraria era que Argentina no podía retener pagos de regalías efectuados a la Confederación, situación que nunca fue aceptada por el país sudamericano.

En coincidencia con su colega, Montes consideró que una de las modificaciones más importantes de la actual enmienda “es la potestad conferida a la Argentina de gravar con el impuesto a las ganancias las regalías que se le paguen a residentes de la Confederación Suiza”.

swissinfo, Norma Domínguez, Buenos Aires

El Convenio para evitar la Doble Imposición (CDI) entre Suiza y Argentina se firmó el 23 de abril de 1997, durante el gobierno argentino de Carlos Menem. Fue ratificado por Ley en Suiza, pero no en Argentina debido a discrepancias en torno a la cláusula sobre regalías.

Después de 3 años de conversaciones, bajo el gobierno de Fernando de la Rúa, el entonces consejero federal Pascal Couchepin, junto con su par argentino, José Luis Machinea, firmaron un protocolo el 23 de noviembre de 2000, mediante el cual quedó establecido que el CDI entraría en vigencia el 1º de enero de 2001.

Dicho CDI tampoco fue ratificado por el Congreso argentino, pero fue aplicado de manera provisoria a la espera de la aprobación del Poder Legislativo.

En 2005, las autoridades argentinas y suizas reanudaron las negociaciones y tras de modificar algunas cláusulas del CDI, el 7 de agosto de 2006 las autoridades suizas y argentinas firmaron el protocolo de enmienda del acuerdo suscrito en 1997.

Actualmente el CDI entre Suiza y Argentina se encuentra a la espera nuevamente de su aprobación definitiva en el Congreso argentino, y se estima que en el plazo aproximado de un año será ratificado por Ley.

El CDI original tenía una cláusula que no permitía a Argentina efectuar ninguna retención de impuestos por el pago de regalías a Suiza.

Luego de la ratificación de este año, Argentina tiene la potestad de gravar con el impuesto a las ganancias las regalías que se le paguen a residentes de la Confederación Suiza.

Otro aspecto novedoso del actual convenio entre Suiza y Argentina es que incorpora dentro del concepto de regalías al software. Por lo tanto, en los pagos que Argentina efectúe a beneficiarios residentes en Suiza, va a aplicar la retención máxima del 10%, que hasta ahora era del 31,5%

Se espera que a partir de que el CDI de convierta en ley, habrá una mayor seguridad jurídica para ambos países, y hasta se pueden potenciar las inversiones.

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