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La justicia suiza rechaza una apelación de la Unión Ciclista Internacional

Italia solicita a la UCI la identidad de 15 participantes en el "Giro d'Italia" de 1999. Keystone

El Tribunal Federal desaprobó el recurso presentado por la Unión Ciclista Internacional, con sede en Suiza, para oponerse a la asistencia judicial solicitada por las autoridades italianas en un caso de presunto tráfico de medicamentos penados.

Conocido el veredicto de la instancia más alta de la justicia suiza, con sede en Lausana, los investigadores italianos esperan que la Unión Ciclista Internacional, UCI, revele la identidad de quince deportistas implicados en un episodio de presunto caso de tráfico de sustancias prohibidas que se remonta al año pasado.

Ocurrió antes de iniciarse la etapa Pedrazzo – Madona di Campiglio de la Vuelta Ciclista a Italia, el 4 de junio de 1999. Los encargados del “Giro” procedieron al control antidopaje de quince competidores, trece de los cuales dieron positivo en las pruebas.

Se detectó en ellos muestras indirectas de la substancia estimulante conocida con la abreviación EPO, encargada de generar mayor número de eritrocitos en la sangre, portadores de oxígeno al sistema muscular.

Las autoridades italianas solicitaron a la UCI la identidad de los competidores involucrados en el escándalo. La respuesta fue negativa, amparándose en la autonomía de las instituciones deportivas con respecto a la justicia ordinaria. Consiguientemente, la justicia italiana pidió cooperación judicial a las autoridades del cantón de Vaud, domicilio jurídico de la UCI.

Las autoridades judiciales de Vaud consideraron procedente la petición de Italia y ordenaron la entrega de la documentación exigida. La Unión Ciclista Internacional recurrió la medida ante el Tribunal Federal.

La UCI sostenía fundamentalmente que la entrega de documentos no tuviese interés alguno para el procedimiento penal abierto en Italia, porque los controles de sangre no constituían una prueba irrefutable de ingestión de EPO.

En el fallo emitido este martes, el Tribunal Federal rebate el argumento. Recuerda que el procedimiento penal abierto en Italia no se refiere a un caso de dopaje, sino que tiene la finalidad de verificar si, violando el derecho italiano, los sospechosos participaron en tráfico de medicamentos y de productos clasificados como estupefacientes.

Para verificar si tales delitos fueron cometidos en relación con los hechos de la Vuelta Ciclista a Italia de 1999, es legítimo que las autoridades quieran identificar a los corredores controlados el 4 de junio del año pasado, precisa el Tribunal Federal. Corresponderá al juez italiano juzgar si estas informaciones tienen valor de prueba.

En lo que concierne al secreto médico, el Tribunal Federal juzga difícil concebir que la UCI pueda asimilarse a un médico e invocar la protección del secreto que este guarda, con el consentimiento de los corredores, sobre el nivel de hematíes (o glóbulos rojos) detectados en un momento dado.

Según las investigaciones realizadas en Italia, un médico italiano habría organizado el tráfico de medicamentos que los ciclistas profesionales usarían como sustancias dopantes. Entre las sustancias incriminadas figuran la denominada eritropoietina o EPO, la oxandrolona y la gonadotrofina, así como el Emagel y un producto llamado “Actovegin”.

En cualquier caso, el veredicto emitido por el Tribunal Federal de Suiza podría constituir un paso importante en la delimitación de fronteras jurídicas entre las instituciones deportivas y la justicia ordinaria.

swissinfo y agencias

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