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El TJUE aleja la opción de que Comín acceda a su escaño europeo sin acatar la Constitución

Bruselas, 26 sep (EFE).- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dio este jueves la razón a la Eurocámara cuando en 2019 negó los escaños al expresidente catalán Carles Puigdemont y a su exconseller Toni Comín y alejó la posibilidad de que este último acceda al Parlamento tras los comicios de junio, si no acata la Constitución española.

El tribunal, con sede en Luxemburgo, aseguró que el expresidente del Parlamento Europeo, Antonio Tajani, actuó correctamente cuando les impidió el escaño porque «no podía apartarse de la lista de diputados electos que las autoridades españolas le habían notificado oficialmente».

Se refiere a la lista que le envío la Junta Electoral (JEC) el 17 de junio de 2019 sin incluir los nombres de Puigdemont y Comín, porque no acudieron a Madrid a acatar la Constitución, por el riesgo de que las autoridades españolas les detuviesen por la causa del procés.

Del fallo se desprende, pues, que el sucesor de Tajani, David Sassoli, erró al permitirles la entrada en enero de 2020, tras la sentencia que el TJUE dictó sobre el caso del republicano Oriol Junqueras.

Esa sentencia estableció que la condición de eurodiputado se adquiere «con la proclamación oficial de los resultados electorales» -que la JEC publicó el 13 de junio- y que desde ese momento, se adquiere la inmunidad que va aparejada a tal condición, apuntó hoy el TJUE.

Aquel caso resolvió la cuestión prejudicial que el Tribunal Supremo le planteó para saber si debía dejar en libertad a Junqueras para poder acudir al Congreso a acatar la Constitución, ya que en aquel entonces se encontraba en prisión provisional.

Pero la sentencia de hoy aclaró que el tribunal no se pronunció entonces «sobre las consecuencias que el Parlamento debe extraer (…) de la lista de diputados electos ni, en particular, sobre si dicha institución está o no vinculada por tal notificación».

El TJUE dijo que el Parlamento Europeo debe «tomar nota» de la proclamación de los resultados, pero que ello le «excluye» de «cualquier margen de apreciación (…) para designar a los diputados electos, pues la competencia en esa materia corresponde en exclusiva a las autoridades nacionales».

Y añadió que «no correspondería al Parlamento» pronunciarse sobre si la exigencia de acatar la Constitución que establece la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) es contraria al derecho comunitario porque «ese extremo (…) debe ser resuelta por los órganos jurisdiccionales nacionales».

Próximos pasos de Comín

Tras las elecciones europeas del pasado mes de junio, el Parlamento Europeo dejó vacante el escaño de Comín a la espera de saber si cumple con los requisitos de la LOREG o renuncia al cargo y fuentes de la institución dijeron entonces a EFE que la sentencia sobre el caso Junqueras le permitía acudir a Madrid porque gozaba de inmunidad.

Comín y Puigdemont enviaron hoy hacer declaraciones a la prensa para valorar la sentencia y explicar cuáles van a ser sus próximos pasos y desde el partido aclararon que darán más información al respecto cuando sus abogados terminen de analizar la sentencia que hoy dictó el TJUE.

ERC lamentó en un comunicado que el TJUE «haya desestimado el recurso de Carles Puigdemont y Toni Comín contra el Parlamento Europeo» y que el tribunal «se inhiba» de aplicar la que ellos consideran «doctrina Junqueras». EFE

drs/cat/jac

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