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Migrante que pide asilo en distintos países UE debe ser informado de derechos en cada uno

Bruselas, 30 nov (EFE).- Un migrante que solicita el asilo en un país de la Unión Europea (UE) después de haberlo pedido antes en otro Estado miembro debe volver a recibir información sobre el procedimiento, incluido de sus derechos y obligaciones, según dictaminó este jueves el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Por otra parte, la corte con sede en Luxemburgo precisó que, también en los casos en los que existan varias solicitudes de asilo realizadas en distintos países, los tribunales del segundo Estado miembro ante los que se haya impugnado el traslado al país en el que se presentó la primera solicitud de asilo no pueden examinar el riesgo de devolución al país de origen del solicitante.

Los jueces europeos se pronunciaron de esa manera en relación con distintos casos acumulados relacionados con los procedimientos de asilo en los Veintisiete.

Varias personas originarias, entre otros países, de Afganistán, Irak y Pakistán, solicitaron asilo en Italia.

Como ya habían presentado con anterioridad solicitudes similares en otros Estados miembros (Eslovenia, Suecia, Alemania y Finlandia), Italia adoptó decisiones para el traslado de los migrantes a esos países, dado que la legislación europea prevé que debe conceder la protección internacional el primer país ante el que se presentó la solicitud.

En ese caso concreto, los solicitantes se opusieron al traslado.

Los tribunales italianos que conocen de estos litigios preguntaron al Tribunal de Justicia de la Unión Europea si un solicitante que presenta una segunda solicitud de asilo debe, como cuando presenta su primera petición de asilo, recibir el prospecto común (uniforme en toda la Unión) de información sobre el procedimiento y sobre sus derechos y obligaciones y, además, ser oído en una entrevista personal.

Asimismo, pidieron a la corte que precisara si es posible tener en cuenta, al examinar la decisión de traslado, el riesgo vinculado a la devolución del solicitante a su país de origen.

El Tribunal de Justicia estimó que la entrega del prospecto común y la celebración de una entrevista personal se imponen tanto en el marco de una primera solicitud de asilo como en el marco de una solicitud de asilo posterior.

Por otro, consideró que el tribunal del segundo Estado miembro no puede examinar si el solicitante corre el riesgo de ser devuelto a su país de origen como consecuencia del traslado al primer país donde pidió el asilo, a no ser que dicho tribunal compruebe que hay deficiencias sistemáticas en el procedimiento de asilo y en las condiciones de acogida de los solicitantes en el primer país. EFE

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