The Swiss voice in the world since 1935

CorteIDH condena a Brasil por uso de estereotipos durante juicio contra afrodescendientes

San José, 24 feb (EFE).- La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) condenó este martes al Estado de Brasil por el uso de estereotipos y negligencia durante el proceso judicial en el cual se juzgaban presuntos actos de tortura y ejecución extrajudicial contra tres jóvenes afrodescendientes por parte de la Policía Judicial.

El Tribunal internacional declaró la responsabilidad de Brasil en el caso Cley Mendes y otros (conocido como Chacina do Tapanã) por el uso de estereotipos negativos y negligencia ocurridos en 1994 en contra de Max Cley Mendes, de 17 años; Marciley Roseval Melo Mendes, de 16 años, y Luiz Fábio Coutinho da Silva, de 18 años. Todos eran jóvenes afrodescendientes, en condición de pobreza y residentes en favelas de Belém, en el estado de Pará.

«La Corte Interamericana encontró que los hechos se desarrollaron en un contexto de discriminación estructural en contra de jóvenes afrodescendientes, en condición de pobreza y residentes en favelas. Las víctimas fatales de la violencia policial en Brasil son principalmente jóvenes afrodescendientes entre los 15 y los 29 años de edad, de sexo masculino, y habitantes de las periferias», explica la sentencia.

Los jóvenes murieron en el barrio de Tapanã y de acuerdo con las versiones consignadas en un auto de resistencia al arresto realizado por la propia Policía Militar, los hechos se dieron en medio labores de identificación y localización de los responsables del asesinato de un policía, ocurrido horas antes.

Tras llegar al lugar donde estarían los sospechosos, los agentes de Policía Militar habrían dado voz de arresto pero los jóvenes emprendieron la huida y dispararon en su contra. Como consecuencia, se dio un tiroteo en medio del cual resultaron heridos. Posteriormente, fueron trasladados para recibir atención médica, pero dos de ellos llegaron muertos y el tercero falleció allí.

El proceso judicial por lo sucedido inició el 18 de febrero de 1997, cuando el Ministerio Público acusó a 21 policías militares por haber cometido homicidio calificado en perjuicio de los tres jóvenes. Transcurridos más de 12 años, y después de la reprogramación de una audiencia en 19 ocasiones, el 21 de mayo de 2009 se dictó sentencia remitiendo a 17 de los acusados al Tribunal de Jurados.

La Corte Interamericana también observó que, durante el juicio ante el Tribunal de Jurados, la Promotora de Justicia se refirió en varias ocasiones a los jóvenes como «ladrones» y «asesinos», lo que según el ente debe entenderse en el marco de los «patrones de discriminación estructural» en contra de hombres jóvenes, afrodescendientes, en condición de pobreza y residentes en favelas que existen en Brasil.

La Corte además declaró la responsabilidad internacional del Estado por la falta de tramitación de un recurso efectivo en relación con los presuntos actos de tortura y ejecución extrajudicial.

Los jueces ordenaron a Brasil realizar un acto de reconocimiento de responsabilidad y abrir un espacio de diálogo interinstitucional en el estado de Pará con el fin de identificar las causas y circunstancias generadoras de la impunidad y discriminación por razones de raza, condición de pobreza y lugar de residencia en casos de violencia policial con efectos letales. EFE

mjb/dmm/fa/gpv

Los preferidos del público

Los más discutidos

SWI swissinfo.ch - Sociedad Suiza de Radio y Televisión SRG SSR

SWI swissinfo.ch - Sociedad Suiza de Radio y Televisión SRG SSR