Abogado UE: reclamación a aerolínea depende del aeropuerto base y no de domicilio pasajero
Bruselas, 26 feb (EFE).- Un abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea recomendó este miércoles, a propósito de un litigio sobre un equipaje extraviado en un vuelo de Vueling de Madrid a Barcelona, que se tome el aeropuerto base desde el que opera una aerolínea como referencia para cursar reclamaciones contra la compañía, y no el lugar de residencia del afectado.
Las conclusiones del abogado general no son vinculantes, pero suelen orientar el fallo final del tribunal, que sienta jurisprudencia en el conjunto de la Unión Europea.
El caso se refiere a una pasajera de Fuenlabrada (Madrid) que, a través de una plataforma independiente en línea, compró un billete para un vuelo de Madrid a Barcelona con Vueling Airlines, con sede en Barcelona.
En el aeropuerto de Madrid, la pasajera añadió la facturación del equipaje como servicio adicional al vuelo y este se perdió, por lo que presentó ante un juzgado de Fuenlabrada una demanda de indemnización.
El juez español pidió al Tribunal de Justicia de la UE que interprete ciertas disposiciones del Convenio de Montreal que fijan las competencias judiciales en caso de indemnización en el contexto del transporte aéreo internacional.
El abogado general luxemburgués asignado al caso, Dean Spielmann, entiende que ese convenio se aplica en vuelos dentro de un mismo Estado miembro de la UE por armonización interna.
En cambio, el jurista no cree que deba tenerse en cuenta la residencia principal y permanente del pasajero para determinar el órgano jurisdiccional competente cuando el contrato se ha celebrado en línea.
A su juicio, interpretar que la mera posibilidad de acceder a una plataforma digital de venta justifica la competencia de los tribunales del domicilio del consumidor sería contrario a los principios de previsibilidad y seguridad jurídica.
El juez español también planteó si debía diferenciarse entre el contrato principal de transporte aéreo y el servicio accesorio de facturación del equipaje, ya que el conflicto se centra precisamente en la pérdida de la maleta.
El abogado general lo descarta porque considera que el elemento accesorio no puede determinar por sí solo qué tribunal es competente.
A partir de ahí, Spielmann propone una lectura más sencilla y acorde con la contratación digital actual: si el billete se compra en línea, el lugar relevante no es el domicilio del pasajero, sino el aeropuerto en el que la compañía registra a los viajeros y factura el equipaje, ya sea directamente o a través de otra aerolínea.
Según su análisis, esta fórmula ofrece un punto de equilibrio que protege los derechos del pasajero, pero al mismo tiempo aporta previsibilidad a las compañías, que no tendrían que litigar en cualquier país desde el que alguien haya accedido a una plataforma digital. EFE
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