
Ambientalistas de Ecuador tildan de «muy ambiguo» el proyecto ley de áreas protegidas
Quito, 8 jul (EFE).- El presidente de la Coordinadora ecuatoriana de organizaciones para la Defensa de la Naturaleza y el Medio Ambiente (Cedenma), Gustavo Redín, tildó este martes de «muy ambiguo» el proyecto de ley planteado por el Ejecutivo sobre el Fortalecimiento de Áreas Protegidas, al considerar que no cumple con las necesidades reales de protección que requieren estos espacios.
La norma, cuyo borrador definitivo se votará este jueves en la Asamblea Nacional (Parlamento), fue presentada por el presidente Daniel Noboa como económica urgente, una peculiaridad legislativa que obliga a la tramitación de una ley nacional en treinta días.
El presidente de Cedenma, que representa a ochenta organizaciones ambientalistas a nivel nacional, dijo a EFE que ese periodo es «insuficiente» para «conversar, retroalimentar y generar debates adecuados» sobre el proyecto.
Crear una empresa «es un error grave»
El segundo borrador del proyecto de ley baraja, al igual que el primero, la creación de una empresa pública para «manejar la política pública en áreas protegidas», una modalidad que permite un 49 % de participación de entidades privadas, lo que Redín señala como «un error grave».
«El objetivo de una empresa pública es maximizar ingresos y recursos, no la generación de una política de conservación y producción», consideró al añadir que el «sistema de gobernanza» ideal sería la creación de un «ente autónomo, adscrito al Ministerio de Ambiente, con presupuesto propio y que realmente desarrolle la política pública».
Faltan estudios de impacto ambiental
Otro de los desafíos de la norma es la ausencia de «mecanismos efectivos y adecuados» para la protección de la biodiversidad y derechos de la naturaleza, remarcó.
«Lo único que menciona este nuevo borrador es la obligación de cumplir con la norma ambiental, pero esta es específica para actividades, no para el lugar concreto», apuntó el presidente de Cedenma.
Las áreas protegidas de Ecuador tienen «especies únicas» y existen «lugares donde no sabes exactamente que hay», como ocurrió con el «sapo en el valle de Íntag (provincia de Imbabura, en el norte de Ecuador) donde querían poner» una concesión minera y, finalmente, la justicia falló a favor de la conservación medioambiental y paralizó el proyecto, recordó.
«Sin un estudio ambiental adecuado, no puedes mover un dedo. Y este tiene que tener un plan de manejo y remediación en caso de generar daños», concluyó Redín.
La consulta a las comunidades indígenas
El nuevo borrador del proyecto eliminó dos párrafos «abiertamente inconstitucionales» sobre la consulta previa de pueblos indígenas, ya que «tanto la Corte Constitucional como la Corte Interamericana de Derechos Humanos» establece que el «sujeto consultante es el Estado, nunca las empresas, como aparecía en el primer escrito», explicó.
No obstante, y a pesar de haber percibido una mejora en esta nueva versión del proyecto, hay un matiz que todavía no convence a los ambientalistas.
«Si una comunidad vota en contra de un proyecto, exigen una justificación. ¿Esa justificación puede ser solo que la infraestructura afectaría a un árbol sagrado, o tienen que presentar estudios técnicos y económicos? El Estado, después, decide si aprueba o no el argumento de las comunidades», explicó Redín.
Además, y aunque es una obligación contemplada en el artículo 398 de la Constitución, el proyecto de ley no recoge el requerimiento de consulta ambiental; obligatoria cuando un proyecto pueda afectar al medio ambiente, dijo al subrayar que «si no lo marcas en la ley, lo dejas a interpretación del funcionario».
Al presidente de Cedenma también le inquieta la descripción de las actividades que podrán realizarse en el interior de un área protegida porque opina que «abre la puerta» a que pueda hacerse «extracción de recursos, como la minería o la madera».
Ello porque el artículo 7 prohíbe las actividades extractivistas en áreas protegidas donde residan poblaciones indígenas, pero no en las que no están habitadas, indicó. EFE
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