La Corte de Constitucionalidad de Guatemala reafirma resultados electorales de 2023
Ciudad de Guatemala, 29 oct (EFE).- La Corte de Constitucionalidad (CC) de Guatemala, el máximo tribunal del país, anuló este miércoles una controvertida resolución de un juez penal que buscaba declarar vacante el cargo de presidente, garantizando así la inalterabilidad de los resultados de las elecciones de 2023.
El pleno de magistrados del tribunal constitucional declaró «con lugar» una solicitud de asistencia para la debida ejecución de una sentencia anterior. Esta figura legal se invocó para hacer cumplir una orden previa de la propia Corte, emitida en diciembre de 2023, que ya había blindado el proceso electoral contra intentos de suspensión o anulación por parte de autoridades ajenas a la materia.
La resolución judicial dejada sin efecto había sido emitida por el Juez Séptimo Pluripersonal de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente, Fredy Orellana. La medida del juez buscaba la «nulidad absoluta» de la inscripción del comité pro-formación y del partido político oficial, Movimiento Semilla, lo que, según el mismo juez, buscaba la declaración de vacancia de la toma de la toma de posesión del actual mandatario.
Esta acción judicial fue calificada por el presidente de Guatemala, Bernardo Arévalo de León, como un intento de «golpe de Estado» fraguado por el juez penal y el Ministerio Público (Fiscalía).
En una cadena nacional, el mandatario denunció que los «mismos actores de siempre» intentaban «tergiversar la voluntad popular expresada en las urnas en 2023,» por lo que incluso exigió al Organismo Judicial la «inmediata destitución» de Orellana por considerar su conducta una «violación grave al orden constitucional y una amenaza directa a nuestra democracia.»
El abogado constitucionalista Edgar Ortiz había presentado el sábado 25 de octubre, junto a otro jurista, un requerimiento ante el máximo tribunal guatemalteco para que hiciera valer la «histórica sentencia» del 14 de diciembre de 2023. Según los abogados, en dicho fallo la Corte ya había advertido que «nadie, menos un simple juez penal, pueden interferir con lo que ya decidió el pueblo con su voto en 2023».
La nueva resolución del máximo tribunal no solo anuló las acciones de Orellana, sino que también le advirtió expresamente que debe abstenerse de contravenir las disposiciones constitucionales o legales sobre las que descansa el sistema electoral democrático, republicano y representativo del Estado.
El tribunal constitucional sentenció que las acciones del juez penal constituían actos que «amenazan los derechos a elegir y ser electo, a la democracia, a la soberanía popular y al sistema democrático y republicano consagrado en la Constitución».
La Corte reiteró su postura de que los resultados del proceso electoral son inalterables, pues la suspensión o cancelación de un partido político es una materia electoral, competencia exclusiva del Registro de Ciudadanos del Tribunal Supremo Electoral (TSE). Además, recalcó que la figura de la «nulidad absoluta por orden judicial» no está prevista en la normativa guatemalteca, lo que implica que la decisión del juez penal «excede de la competencia» de su juzgado. EFE
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