
El presidente de Portugal promulga reforma migratoria que limita la reagrupación familiar
Lisboa, 16 oct (EFE).- El presidente de Portugal, Marcelo Rebelo de Sousa, promulgó este jueves la reforma de la Ley de Extranjeros, impulsada por el Gobierno de centroderecha y que limita, entre otros, la reagrupación familiar de los migrantes.
La Presidencia informó en un comunicado en su página web de la decisión del jefe de Estado, quien envío el pasado verano una primera versión de este cambio legislativo al Tribunal Constitucional ante las dudas que le ocasionaron algunos puntos.
La nota señala que el presidente promulgó la alteración de la Ley de Extranjeros «considerando que el diploma ahora revisado y aprobado por el 70 % de los diputados responde mínimamente a las dudas de inconstitucionalidad suscitadas por el presidente de la República y confirmadas por el Tribunal Constitucional».
El Parlamento portugués aprobó a finales de septiembre una nueva versión de la reforma, con propuestas de los partidos que integran el Gobierno del primer ministro conservador Luís Montenegro y del grupo ultraderechista Chega.
A grandes rasgos, la reforma busca fomentar la expedición de visados de trabajo a personas que se dediquen a «actividades altamente cualificadas».
También modifica los requisitos de residencia para los nacionales de países de lengua portuguesa, ya que a partir de ahora para acceder a la residencia temporal van a tener que solicitarla antes de venir a Portugal, cuando hasta ahora podían entrar con un visado de corta duración o tener una entrada legal y pedirla aquí.
Sobre la reagrupación, la legislación promulgada hoy establece un plazo mínimo de dos años de residencia válida en el país -plazo que no existía hasta ahora- para que los inmigrantes en Portugal puedan solicitar la reagrupación con sus familiares en el extranjero.
E incluye algunos cambios introducidos después de que el Constitucional expresara sus reservas sobre algunos puntos, en concretos las excepciones: En la propuesta inicial se contemplaba la exención del plazo de dos años para los migrantes con hijos menores de edad o con parientes altamente cualificados, y la versión final incorpora, además, esa posibilidad para quien tenga familiares discapacitados o dependientes.
A ellos se suman las parejas con un hijo en común, que pueden pedir la reagrupación inmediata con el cónyuge que está fuera de Portugal.
Para las parejas sin hijos, hay una vía intermedia, que es la reducción del plazo a un año, siempre que se trate de un matrimonio o de una unión efectiva de acuerdo a ley lusa, lo que excluiría casamientos de menores de edad, polígamos o forzados.
Pese a estas excepciones, en todos los casos de reagrupación familiar es necesario que el solicitante cumpla con una serie de medidas de integración, como formación en lengua portuguesa, así como en la cultura y los valores constitucionales del país.
Si esas condiciones no se cumplen pueden conllevar la no renovación de la autorización de residencia del inmigrante que solicita la reagrupación. EFE
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