El TEDH descarta la responsabilidad de Italia en una intervención de guardacostas libios
París, 12 jun (EFE).- El Tribunal de Estrasburgo ha desestimado la demanda de un grupo de migrantes que denunciaron a Italia como responsable de las violaciones que supuestamente sufrieron en sus derechos por la intervención de los guardacostas libios en el Mediterráneo cuando intentaban llegar a Italia en patera.
Los jueces europeos, en una decisión anunciada este jueves, archivan esa denuncia en primer lugar porque consideran que no se dan las circunstancias para que Italia ejerciera su jurisdicción extraterritorial en el salvamento de ese bote en aguas internacionales en la noche del 5 al 6 de noviembre de 2017, y que se saldó con la muerte de algunos de sus ocupantes.
En primer lugar porque esas aguas internacionales del Mediterráneo central donde se produjo el naufragio del bote, en el que iban unos 150 migrantes nigerianos y ghaneses que habían salido de la costa libia para tratar de llegar de forma clandestina a Europa, no estaban en la práctica bajo el control efectivo de Italia.
Además, en contra de lo que pretenden los 17 migrantes que interpusieron la demanda, el apoyo económico y logístico de Italia a las autoridades libias no puede interpretarse como el ejercicio de una jurisdicción extraterritorial.
El bote neumático en el que iban los migrantes se encontraba a unas 33 millas marinas de Trípoli cuando lanzó un mensaje de socorro en la madrugada del 6 de noviembre de 2017 al centro de coordinación de salvamento marítimo de Roma (MRCC), que por su parte pidió ayuda a todos los barcos que se encontraran a su alrededor para intervenir.
Un barco de la ONG humanitaria Sea Watch que se encontraba en las proximidades, SW3, se propuso al MRCC como «responsable» del rescate, pero al mismo tiempo el organismo de salvamento marino libio se manifestó y dijo que había enviado su navío Ras Jadir para dirigir las operaciones y fue el primero en llegar.
El SW3 recuperó a varias decenas de personas, 9 ellas a nueve de los que luego serían los 17 demandantes ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), mientras el Ras Jadir rescató a unos 45, incluidos los ocho denunciantes restantes.
Estos últimos afirman haber sido atados, golpeados y amenazados por los agentes libios, que los llevaron a un campamento de detención en Tajura, en Libia, donde también dicen haber sido víctimas de malos tratos y violencia hasta que fueron repatriados a Nigeria en el marco de un programa de retorno humanitario voluntario de la Organización Internacional de Migraciones.
Los que subieron a bordo del SW3 fueron desembarcados, por su parte en Italia, donde residían cuando se presentó la denuncia ante el TEDH, en mayo de 2018.
Los jueces europeos en su decisión insisten que el comandante y la tripulación de navío libio actuaron «de forma autónoma» y nada permite considerar que el centro de control de Roma tenían autoridad sobre el Ras Jadir ni capacidad de influir en su comportamiento.
Para ellos, el simple hecho de que desde Roma se iniciara el procedimiento de búsqueda y salvamento no equivale a que la operación se desarrollara bajo jurisdicción extraterritorial italiana.
El TEDH considera que el desarrollo del rescate y todo lo que vino después, por tanto, no está cubierto por el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH), sino por otras normas de derecho internacional, en particular por las referidas a los rescates en el mar, responsabilidad de los Estados.
Y que no es competente más que para controlar el respeto del CEDH, y por tanto no para evaluar si Libia violó los derechos de los demandantes. EFE
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