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El TEDH dictamina que España no vulneró derechos de dos educadores que demandaron al ABC

París, 8 ene (EFE).– El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo dictaminó este jueves que España no vulneró el derecho a la vida privada como alegaban los dos educadores sociales que habían demandado en 2012 al diario ABC por vincularles con el fomento del islamismo radical en centros de menores de Cataluña.

«El Tribunal (TEDH) considera que los tribunales nacionales actuaron dentro de su margen de apreciación al intentar establecer un equilibrio entre los derechos de los demandantes en virtud del Artículo 8 y el derecho contrapuesto del periódico a la libertad de expresión bajo el Artículo 10», señalaron los jueces de Estrasburgo.

Por ello, «los tribunales nacionales llevaron a cabo el ejercicio de ponderación requerido entre los derechos concurrentes en juego», agregó la decisión.

El caso se remonta a septiembre de 2011, cuando el ABC publicó un artículo titulado ‘Los centros de menores, semilleros del integrismo’. En él se mencionaba con nombres y apellidos a dos educadores sociales, Tafzi El Hadri y El Idrissi Mouch.

El reportaje afirmaba que ambos adoctrinaban a los menores en el fundamentalismo islámico y los llevaban a mezquitas específicas.

Tafzi El Hadri y El Idrissi Mouch presentaron una demanda contra el periódico por considerar que se había vulnerado su derecho al honor y que, desde la publicación del artículo, no lograban encontrar trabajo.

Los demandantes presentaron, en un primer momento, una querella criminal por calumnias e injurias, desestimada en 2013 por el Juzgado de Instrucción de Madrid.

Tras no prosperar esta primera vía, presentaron una demanda civil por protección del derecho al honor, desestimada por las diferentes instancias judiciales de España, incluidas el Supremo y el Constitucional.

En primera instancia, el Juzgado de L’Hospitalet de Llobregat había argumentado que el reportaje del ABC era un tema de interés general y que términos como «integrista» o «fundamentalista» no eran insultantes ‘per se’, sino descriptivos de una corriente religiosa. EFE

atc/cat/rf

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