
Illa «respeta» la sentencia de las pinturas de Sijena, pero pide evitar riesgos de daños
Kobe (Japón), 29 may (EFE).- El presidente de la Generalitat, Salvador Illa, dijo este jueves que la confirmación del Tribunal Supremo de la sentencia que obliga al Museo Nacional de Arte de Cataluña a devolver las pinturas de Sijena a su lugar de origen «debe respetarse», aunque llamó a «no correr riesgos» que puedan dañarlas.
«El marco de la sentencia (emitida por la Audiencia de Huesca) es el que es, lo tenemos que respetar. Lo respetamos siempre, estemos o no de acuerdo, pero nos preocupa que técnicamente se pueda garantizar que el cumplimiento de la sentencia no provoque un daño irreparable a estas pinturas», afirmó Illa en declaraciones a los medios desde Kobe, en el oeste de Japón, donde se encuentra de viaje oficial.
«La cuestión relevante aquí, desde nuestro punto de vista, el del Govern de Catalunya, es no correr riesgos que puedan dañar las pinturas» durante el traslado a su lugar de origen, el Monasterio de Villanueva de Sijena (Huesca), añadió el mandatario catalán.
En este sentido, Illa opinó que deberá producirse «un debate técnico» en el que «la voz la deberán tener, sobre todo, los expertos en este tipo de pinturas», algunos de los cuales «muestran preocupación alta» y apuntan a la dificultad de moverlas «sin riesgo», lo cual «se deberá exponer».
La reacción del presidente catalán llega después de que el Tribunal Supremo confirmara la sentencia de la Audiencia de Huesca que ratifica la propiedad aragonesa de las valiosas pinturas murales del Monasterio de Sijena, consideradas una de las joyas del románico español, casi 9 años después de que un juzgado oscense confirmara que debían regresar al cenobio.
La sentencia de la Sala de lo Civil obliga al Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) a restituir a la sala capitular del Monasterio de Villanueva de Sijena las pinturas murales, arrancadas al inicio de la Guerra Civil por el funcionario de la Generalitat catalana José Gudiol en condiciones precarias.
El Supremo rechaza, asimismo, la propiedad catalana de las pinturas por usurpación, o derecho sobre una propiedad por uso continuado en el tiempo, ya que, a juicio de los magistrados, el MNAC «nunca llegó a poseer las pinturas murales como dueños».
A este respecto, la sentencia señala que la propia dirección del museo reconoce en su página web que las pinturas murales ingresaron en la institución mediante depósito, subrayando que el supuesto contrato privado suscrito por la Generalitat con la priora de Valdoreix en 1992 no llegó a ser acreditado durante el proceso.
«Nosotros no vamos con una voluntad, al menos el Govern de Catalunya, de obstruir la aplicación o la ejecución de la sentencia, pero sí de garantizar que no se dañen» las pinturas murales, remarcó este jueves Illa. EFE
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