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Supremo indio incluye a las solteras y la violación marital en ley del aborto

Nueva Delhi, 29 sep (EFE).- El Tribunal Supremo de la India juzgó este jueves que la ley del aborto, que permite la terminación del embarazo hasta las 24 semanas, deberá incluir a las mujeres solteras y precisó que el supuesto de violación marital también debe ser incluido.

“La distinción artificial entre mujeres casadas y solteras no se sostiene constitucionalmente. Los beneficios de la ley se extienden igualmente a ambas”, afirmaron los jueces DY Chandrachud, AS Bopanna, y JB Pardiwala en la sentencia.

La ley para la Terminación Médica del Embarazo de 1971, centrada especialmente en las mujeres casadas, fue modificada el año pasado por el Gobierno para permitir el aborto en varios supuestos entre las 20 y las 24 semanas.

Según la normativa reformada, las supervivientes de violación, con discapacidad, las menores o las mujeres cuya situación marital cambió durante el embarazo (por viudedad o divorcio, por ejemplo), pueden abortar con la opinión favorable de dos médicos.

La sentencia de hoy clarificó que la ley reformada no distingue entre el estatus marital de las mujeres, por lo que la ley debe también incluir a las solteras en relaciones consensuales.

El máximo órgano judicial de la India anuló así una decisión anterior del Tribunal Superior de Nueva Delhi, que negó el derecho a abortar de una mujer soltera de 25 años y embarazada de 22 semanas cuya pareja se había negado a casarse con ella, al considerar que su caso no estaba cubierto por la ley.

El Supremo consideró, sin embargo, la previsión del cambio de estatus marital para abortar en un plazo de 24 semanas ampara también “a las mujeres solteras así como a aquellas que no están divorciadas pero están separadas o han sido abandonadas”.

La sala también consideró que, en el marco de la ley del aborto, el supuesto de violación debe incluir la violación conyugal, un importante paso ya que este supuesto no es un delito en la India.

“El significado de violación debe, por tanto, ser entendido incluyendo la violación conyugal únicamente para los propósitos de la ley para la Terminación Médica del Embarazo”, señaló el Supremo.

El pasado mayo, el Tribunal Superior de Nueva Delhi evitó criminalizar el sexo en contra de la voluntad de una mujer casada al emitir un veredicto dividido sobre la validez constitucional del artículo 375 del Código Penal, que da inmunidad al marido para tener relaciones sexuales con su esposa, aunque sea sin consentimiento, siempre que esta tenga más de 18 años. EFE

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