
Juez neerlandés exige a Meta garantizar una opción sin algoritmos en Facebook e Instagram
La Haya, 2 oct (EFE).- La Justicia neerlandesa ordenó este jueves a Meta modificar en un plazo de dos semanas sus plataformas sociales Facebook e Instagram en Países Bajos para garantizar a los usuarios una opción de cronología sin algoritmos, de acceso directo y que pueda fijarse como predeterminada, frente a la práctica actual de elaboración de perfiles.
El tribunal de Ámsterdam concluyó que la configuración actual de ambas aplicaciones vulnera aspectos de la Ley Europea de Servicios Digitales (DSA), al forzar de manera encubierta a los usuarios a volver a un sistema de recomendaciones basado en perfiles, un reestablecimiento automático que el juez consideró un “patrón oscuro” prohibido que limita la libertad de información y expresión.
“Actualmente, Facebook e Instagram no permiten suficientemente a los usuarios en Países Bajos tomar decisiones libres y autónomas sobre el uso de sistemas de recomendaciones basados en perfiles”, señaló el juez.
La decisión responde a una demanda de la organización de derechos civiles Bits of Freedom, que denunció que el funcionamiento de Facebook e Instagram podía influir en los comicios generales en Países Bajos a finales de este mes, al condicionar la visibilidad de contenidos mediante algoritmos.
“Teniendo en cuenta las elecciones del 29 de octubre de 2025, Meta Irlanda deberá adaptar sus plataformas en el plazo de dos semanas”, urgió el magistrado.
El juez ordenó que la opción de un «feed» (flujo o distribución de contenido) cronológico o sin perfilado se mantenga incluso cuando el usuario cierre la aplicación o cambie de sección dentro de la plataforma.
Esto implica que los usuarios deben poder elegir un «feed» que no se elabore en función de sus supuestos intereses, una opción que existe actualmente, pero está oculta y no puede fijarse como estándar.
Meta deberá implementar los cambios para los usuarios neerlandeses en dos semanas o pagar una multa coercitiva de 100.000 euros por día, hasta un máximo de cinco millones.
La sentencia precisa que la medida solo rige en Países Bajos, aunque la normativa europea en cuestión tiene validez en toda la Unión Europea. EFE
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