Los jueces polacos nombrados bajo el régimen comunista pueden ser imparciales
Bruselas, 8 jul (EFE).- El hecho de que algunos de los jueces de Polonia fueran nombrados durante el régimen comunista y sigan ejerciendo no es por si solo suficiente razón para cuestionar su independencia e imparcialidad, según la opinión de un Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
El Abogado General opina que el mero hecho de que algunos jueces fueran designados por primera vez durante el período de la Polonia comunista no es susceptible, de forma aislada, de poner en cuestión su independencia en la actualidad.
La opinión responde a una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo de Polonia.
El Tribunal Supremo polaco se dirigió a la justicia europea para aclarar si el procedimiento seguido para nombrar a tres de los jueces del tribunal de Breslavia, en Polonia, que dictaron una sentencia en 2019, puede no satisfacer la exigencia de la independencia judicial reconocida en el Derecho europeo.
En particular, la corte polaca preguntó si las circunstancias que rodearon al primer nombramiento de un juez en un Estado miembro cuando ese país todavía tenía un régimen antidemocrático y no estaba en la UE y el hecho de que siga en el poder judicial después de la caída del régimen comunista, pueden generar dudas sobre la independencia e imparcialidad de ese juez.
Según el abogado general, para evaluar el respeto del principio de independencia de la justicia, un tribunal nacional debe tener en cuenta todos los elementos pertinentes y, en su caso, las razones y objetivos específicos de las medidas nacionales que puedan ser aplicables a la situación.
La importancia de estos elementos no debe evaluarse por sí solo o de forma aislada, sino conjuntamente, teniendo en cuenta «el paisaje más amplio legal e institucional».
Examinando el caso en particular, el Abogado General concluye que no se puede detectar ningún «motivo, medio o posibilidad» sobre una eventual falta de independencia de los tres jueces implicados.
Aunque la opinión de un abogado general no es vinculante, el tribunal de la UE la tiene en cuenta en cerca del 80 % de los casos. EFE
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