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Los países de la UE cierran un acuerdo sobre una normativa contra malversación o sobornos

Luxemburgo, 14 jun (EFE).- Los países de la Unión Europea llegaron a un acuerdo este viernes sobre una directiva de lucha contra la corrupción, en la que se plantean definiciones y castigos con un máximo mínimo común para delitos como los sobornos, la malversación o el tráfico de influencias, hasta ahora penados de forma heterogénea en los distintos Estados miembros.

El acuerdo se alcanzó en un Consejo de ministros europeos de Justicia. Aún falta que el Parlamento fije su posición negociadora antes de que las instituciones europeas se reúnan a negociar el texto final (en los llamados ‘trilogos’ de la jerga comunitaria), que a su vez deberá ser refrendado de nuevo por el Consejo (los países) y la Eurocámara en pleno.

Gracias a la nueva legislación todos los países de la UE estarán obligados a penalizar los mismos actos de corrupción y definirlos de la misma manera.

En adelante serán castigados como delitos penales en toda la UE el soborno en los sectores público y privado, la apropiación indebida, el tráfico de influencias, la obstrucción de la justicia y enriquecimiento por delitos de corrupción.

El objetivo es «intensificar los esfuerzos en la lucha contra la corrupción», con normas mínimas para la definición y sanción de los delitos de corrupción, medidas preventivas y normas para una investigación y enjuiciamiento más eficaces, explicó el Consejo en un comunicado.

La principal novedad de la ley es que, por primera vez a nivel de la UE, reúne en un solo acto jurídico normas sobre corrupción en los sectores público y privado.

«La corrupción corroe la confianza en el sector público, daña la economía y daña el tejido de nuestras sociedades. Con esta nueva ley aumentamos nuestro poder para combatirla», indicó el ministro belga de Justicia, Paul Van Tigchelt, cuyo país preside el Consejo de la UE este semestre.

La comisaria europea de Interior, Ylva Johansson, se declaró «decepcionada» durante la reunión por el hecho de que «en algunos ámbitos se haya rebajado el nivel de ambición» de la propuesta inicial.

Se acordó que los Estados miembros deben establecer sanciones penales efectivas, proporcionadas y disuasorias para sancionar estos delitos.

Los delitos que pasen a ser ilegales según la legislación de la UE se castigarán con una pena máxima de prisión de al menos dos a cuatro años, según el delito.

Las personas condenadas por delitos de corrupción podrán incurrir en penas adicionales como multas, destitución de cargos públicos, inhabilitación para ejercer cargos públicos o ejercer una función de servicio público, así como la retirada de permisos y la exclusión del acceso a procedimientos de licitación y fondos públicos.

Además, las empresas también se enfrentarán a sanciones en forma de multas que oscilarán entre al menos el 3 % y el 5 % de su facturación total mundial o un mínimo de 24 o 40 millones de euros, según el delito.

La nueva ley reemplazará dos legislaciones, una de 2003 que trata sobre la corrupción en el sector privado y otra de 1997 sobre la corrupción que involucra a funcionarios de la UE o de los estados miembros de la UE. También modificará la directiva de 2017 sobre fraude y otros delitos que afectan a los intereses financieros.

Por otra parte, se establece que los Estados miembros tienen jurisdicción sobre los delitos cometidos dentro de su territorio, cuando el delincuente sea un nacional de ese país.

Podrán ampliar su jurisdicción a actos cometidos fuera de su territorio en ciertos casos, como cuando el delincuente sea un residente habitual en ese país.

Los países acordaron también tomar medidas para aumentar la conciencia pública sobre los daños de la corrupción y garantizar la transparencia y la rendición de cuentas en las administraciones públicas.

Sobre la base de esta orientación general alcanzada hoy, el Consejo podrá entablar negociaciones con el Parlamento Europeo, que ya fijó su posición en febrero de 2024, para acordar un texto legislativo final. EFE

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