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Bolivia tendrá una ley para proteger a menores de violencia sexual en entornos digitales

La Paz, 3 sep (EFE).- La Cámara de Diputados de Bolivia aprobó este miércoles un proyecto de ley para proteger a niños y adolescentes de la violencia sexual en entornos digitales y que, entre otros aspectos, establece nuevas figuras penales para sancionar el ‘grooming’ o ciberengaño pederasta y la difusión de material de abuso infantil en línea.

El pleno de la Cámara baja aprobó en grande y en detalle y de forma unánime el proyecto de ‘Ley para la Protección de la Integridad Sexual de Niñas, Niños y Adolescentes en Entornos Digitales’, precisó el fiscal general del Estado, Roger Mariaca, cuyo despacho fue el promotor del documento.

Mariaca precisó que el proyecto fue aprobado días antes también en el Senado, por lo que «simplemente queda que, conforme a procedimiento, el presidente del Estado», Luis Arce, «pueda realizar la promulgación» de la ley, para lo cual hay un plazo de hasta diez días.

El fiscal general sostuvo que la nueva norma «deja un legado muy importante con relación a la protección» de niños y adolescentes en entornos digitales, «un sector tan vulnerable que necesitaba esta atención de parte de las autoridades».

Citado en un comunicado de prensa del Ministerio Público, Mariaca también señaló que el avance de las tecnologías trajo «múltiples beneficios», pero a la par también generó «nuevos riesgos que amenazan la seguridad y la integridad» de los menores.

«Este proyecto de ley permitirá al Estado boliviano contar con herramientas jurídicas actualizadas para prevenir, investigar y sancionar con mayor eficacia los delitos sexuales en el entorno digital”, afirmó.

Según la Fiscalía, el objetivo principal de la norma «es establecer mecanismos de protección legal frente a los delitos de índole sexual que se originan a través del entorno digital», para reforzar la seguridad de niños y adolescentes y promover un uso «responsable y supervisado de las tecnologías».

El proyecto incluye la implementación de nuevos tipos penales para sancionar el ‘grooming’, la difusión de material de abuso sexual infantil en línea y la captación de menores de edad con fines sexuales mediante redes sociales y otras plataformas digitales, entre otros.

También plantea mecanismos de coordinación interinstitucional para la prevención, atención y protección de las víctimas, y permitirá el uso de agentes encubiertos digitales para investigar estos delitos, según el Ministerio Público.

Por su parte, la Cámara baja precisó en un comunicado que el proyecto aprobado establece una sanción de 10 a 15 años de cárcel para quienes distribuyan, vendan, arrienden, intercambien o comercialicen contenido digital de pornografía infantil.

Además, sanciona con 4 a 8 años de cárcel a quienes contacten a menores de edad mediante medios electrónicos con fines sexuales o eróticos a través del envío de mensajes, imágenes, videos u otros «contenidos de carácter inapropiado».

Mariaca destacó el trabajo de los funcionarios de la Fiscalía que trabajaron el proyecto, además del compromiso mostrado por los parlamentarios para aprobar la norma en ambas cámaras. EFE

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