El Supremo francés ordena reexaminar las actividades de Lafarge en Siria
París, 7 sep (EFE).- El Tribunal Supremo francés decidió este martes que los jueces tendrán que volver a examinar la posible imputación de la compañía Lafarge por complicidad en crímenes contra la humanidad al haber participado en la financiación de grupos armados como el Estado Islámico con una cementera en Siria.
El Supremo indicó en un comunicado que revoca la anulación de esa inculpación por parte del Tribunal de Apelaciones de París en noviembre de 2019 y obliga a su sala de instrucción a analizar de nuevo esa cuestión.
La sala de instrucción había considerado que había pruebas que demostraban que el Estado Islámico y otros grupos habían recibido fondos de Lafarge que les habían servido para cometer crímenes contra la humanidad, pero no había «indicios graves y concordantes» de que la empresa francesa hubiera sido cómplice.
El Supremo, sin embargo, le corrige en su dictamen porque no es necesario pertenecer a una organización criminal ni participar en sus planes criminales para ser cómplice.
Según su argumentación, basta con haber pagado varios millones de dólares conociendo el carácter de esa organización como hizo Lafarge (fusionada actualmente con la suiza Holcim), aunque el único objetivo fuera continuar su actividad industrial y comercial en Siria.
En el origen de todo está la planta cementera de Jalabiya, al noroeste de Siria, en la que Lafarge continuó su actividad pese al comienzo de la guerra civil en 2011 y pese a que esa zona estuvo pronto controlada por diversos grupos armados como el Estado Islámico, a los que pagó para seguir su explotación.
La más alta instancia judicial francesa confirmó este martes la acusación por financiación terrorista, ya que en este punto coincide con el Tribunal de Apelación en que Lafarge no podía desconocer el carácter terrorista de los grupos a los que pagaba para que se ocuparan de la seguridad de sus trabajadores en el tránsito entre la cementera y el lugar donde se alojaban.
Su razonamiento es que «importa poco que la sociedad no tuviera la intención de que el dinero se utilizara con fines terroristas» ya que es bastante que quien diera esos fondos estuviera al corriente de que iban a ser utilizados por un grupo terrorista.
Por último, el Supremo instó a la sala de instrucción a que vuelva a analizar la inculpación de la empresa por poner en peligro a los trabajadores y tenga en cuenta si se les podía aplicar la legislación laboral francesa, que le obliga a garantizarles la seguridad.
La cuestión aquí es determinar cuáles son las disposiciones que se aplican a los empleados sirios en virtud del derecho internacional y a partir de ahí cuáles eran sus obligaciones en términos de protección.
Después de las primeras revelaciones en la prensa en 2016, la Justicia abrió una investigación el año siguiente y LafargeHolcim llegó a reconocer que había establecido acuerdos «inaceptables» para mantener la seguridad de su planta de Jalabiya en pleno conflicto. EFE
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