
Justicia UE desestima recurso del Cervantes y España por una licitación de cursos idiomas
Bruselas, 3 jul (EFE).- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea confirmó este jueves que la Comisión Europea actuó correctamente en la adjudicación de una licitación para dar cursos de español en las instituciones comunitarias en la que el Instituto Cervantes quedó segundo y que esta entidad recurrió ante la justicia comunitaria con el apoyo de España.
En una sentencia publicada hoy, el TJUE confirma la decisión del Tribunal General de la Unión Europea, que ya había fallado en contra del Cervantes en 2023, y rechaza todas las alegaciones que la institución y el Gobierno español habían planteado en sus recursos.
El caso se remonta a 2020, cuando el Instituto Cervantes concurrió a una licitación para dar cursos de español en las instituciones europeas en la que la Comisión escogió como primer contratante a la empresa Centre de Langues-Allingua (CLL) y como segundo al Instituto Cervantes basándose en la calidad y precio de las ofertas, que le llevaron a otorgar una puntuación más alta a CLL.
El Instituto Cervantes pidió explicaciones por el resultado y el Ejecutivo comunitario se las aportó, explicando, entre otros motivos, que no había aceptado ciertos documentos que había remitido puesto que sólo eran accesibles a través de enlaces, algo que iba contra las normas porque permitía modificarlos pasado el plazo de presentación de ofertas.
El Cervantes recurrió ante el TGUE argumentando que Bruselas no precisó las ventajas que justificaron la valoración de CLL, a lo que el TGUE respondió que el comité de selección sí había indicado cuáles eran estas ventajas y que, además, la oferta del Instituto Cervantes tenía una calidad inferior y perdió puntos por la falta de documentos.
El Instituto Cervantes, apoyado por España, presentó recursos de casación: la entidad alegó por un lado la «desnaturalización de los hechos y la falta de motivación por parte del Tribunal General al apreciar uno de los motivos de recurso ante él» y otros errores de derecho.
España, por su parte, señaló entre otras alegaciones que el TGUE no había aplicado correctamente la Carta de los Derechos Fundamentales en su decisión y tampoco había valorado una posible «vulneración del principio de seguridad jurídica y de confianza legítima» por parte de la Comisión al no conceder al Cervantes la posibilidad de acreditar que los documentos accesibles mediante enlaces no habían sido alterados.
No obstante, el TJUE ha desestimado hoy estas alegaciones de España y el Cervantes y da la razón, por tanto, a la Comisión Europea. EFE
lzu/cat/jgb