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Los argumentos que marcaron el rechazo de la legalidad del matrimonio homosexual en India

Nueva Delhi, 17 oct (EFE).- La decisión del Tribunal Supremo de la India que rechazó este martes la legalización del matrimonio entre personas del mismo sexo, supone un duro golpe para la comunidad LGTBIQ+, que buscaba avanzar en sus derechos tras lograr hace cinco años la despenalización de la homosexualidad.

La fallida oportunidad de la India para marcar un hito, a solo unos años de la legalización de la homosexualidad, se basó en que los cinco jueces coincidieron en que la Constitución no establece el matrimonio como un derecho fundamental.

Por tres votos en contra y dos a favor, los jueces fallaron en delegar esta competencia al Gobierno y el Parlamento, y aunque hubo cierto grado de entendimiento en cuestiones como el concepto de matrimonio, hubo discordancias en otras, como el derecho a la adopción conjunta de las parejas no casadas o queer (persona que no es heterosexual o cisgénero. Rechaza ser clasificada por sus prácticas sexuales o su género para no limitar su experiencia como persona).

El concepto de matrimonio

«Es incorrecto afirmar que el matrimonio es una institución estática e inmutable», y que no puede restringirse por motivos de orientación sexual, afirmó el presidente de la máxima autoridad judicial india, D. Y. Chandrachud durante la lectura del fallo sobre el que él tenia una opinión favorable.

El jefe del Supremo rebatió argumentos en contra que señalaban el matrimonio gay como una petición elitista de grupos privilegiados.

«Imaginar que lo queer existe sólo en espacios urbanos sería como borrarlos; lo queer puede ser independientemente de la casta o clase de uno», apuntó.

El máximo juez, que leyó su postura por separado, defendió que “el derecho a la unión incluye el derecho a elegir la pareja y a que se le reconozca esa elección; no reconocer tales uniones se considera discriminatorio”.

El derecho a formar una la familia

En este punto saltaron cuestiones relevantes, como el hecho de que «no se puede dar por sentado que las parejas no casadas no se tomen en serio su relación», defendió Chandrachud, quien agregó que la necesidad de formar una familia «es una parte central del rasgo humano y es importante para el desarrollo personal».

«Nuestra capacidad de sentir amor y conexión unos con otros nos hace sentir humanos. Tenemos una necesidad innata de ser vistos y ver. La necesidad de compartir nuestras emociones nos hace quienes somos», añadió.

Los jueces, en este sentido, se mostraron favorables a la necesidad de crear leyes contra la discriminación, ya que la denegación de ciertos beneficios produciría un «efecto discriminatorio adverso» contra las parejas homosexuales, alegó el juez Ravindra Bhat.

Los derechos de las personas queer

El punto más caliente y sobre el que más discrepancias hubo en el banco de jueces fue sobre en el derecho de las personas queer a la adaptación conjunta.

«Queer es un fenómeno natural conocido desde hace mucho tiempo. La homosexualidad o el carácter queer no es un concepto urbano ni está restringido a las clases altas de la sociedad», dijo el presidente de la máxima instancia judicial.

Y agregó: «Todas las personas, incluidas las queer, tienen derecho a juzgar la calidad moral de sus vidas. El significado de libertad es la capacidad de ser quien uno desea ser».

Por lo tanto, el Supremo reconoció «que las personas queer no pueden ser discriminadas. Los beneficios y servicios materiales que reciben las parejas heterosexuales y se niegan a las parejas queer constituirán una violación de su derecho fundamental».

El juez Ravindra Bhat, critico de la postura del jefe del Supremo, reconoció algunos aspectos pero difirió en cuanto a las conclusiones finales, y se alineo con sentencia en contra del juez Narasimha, definitorias para la decepcionante decisión de hoy.

“Las personas queer tienen derecho a elegir pareja, el Estado no puede estar obligado a reconocer los derechos que se derivan de dicha unión”, dijo Bhat para oponerse a que una unión implique reconocer el derecho a la adopción.

“Un ciudadano no puede pretender la construcción de una red de carreteras para hacer valer el derecho a circular”, continúo sobre la misma lógica.

La jueza Hima Kohli, la única mujer de la sala constitucional, secundó la sentencia de Bhat, y con ella se contaron los tres votos que derrotaron la lucha de la comunidad. EFE

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(foto)(vídeo)

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