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Arbitraje da razón parcial a UE contra veto de Londres a pescar lanzón en sus aguas

(Actualiza EX5169 con la reacción de la Comisión Europea)

La Haya/Bruselas, 2 may (EFE).- La Corte Permanente de Arbitraje (CPA) considera que el Reino Unido incumplió «su obligación de conceder pleno acceso” de la Unión Europea (UE) a aguas inglesas para la pesca del lanzón desde marzo de 2024, y ordenó al gobierno británico a tomar las “medidas necesarias” para cumplir con este fallo del tribunal, hecho público este viernes.

La UE había acusado al Reino Unido de violar el Acuerdo de Comercio y Cooperación post-Brexit al imponer esa prohibición en el mar del Norte y aguas escocesas sin seguir criterios científicos, ni respetar los principios de proporcionalidad y no discriminación. En su fallo, emitido el pasado lunes, pero hecho público hoy, el tribunal arbitral de la CPA, con sede en La Haya, da parcialmente la razón a la UE.

El tribunal rechaza la mayoría de las acusaciones europeas, pero sí concluye que la prohibición en aguas inglesas fue desproporcionada y, por tanto, contraria al acuerdo entre ambas partes. Debido a esto, dictó que Reino Unido incumplió su obligación de permitir acceso pleno a sus aguas para la pesca del lanzón.

La Corte no vio problemas legales en la prohibición en aguas escocesas, ni aceptó que el Reino Unido actuara sin base científica ni de forma discriminatoria. El Tribunal “rechaza la reclamación de que la prohibición de pesca del lanzón en aguas escocesas sea incompatible con las obligaciones del Reino Unido por falta de proporcionalidad”, subrayó.

En este sentido, ordena al Gobierno británico “tomar las medidas necesarias” para cumplir con el fallo del tribunal.

La Comisión Europea (CE), que recurrió al arbitraje para resolver esta disputa a finales del año pasado, había explicado que la prohibición de pescar lanzón en las aguas inglesas del mar del Norte y en todas las aguas escocesas “impide a los barcos de la UE explotar esta pesquería sostenible”, y cuestionó “la compatibilidad de esta prohibición con el acuerdo comercial y de cooperación”.

Un portavoz de la CE indicó hoy a EFE que la UE «da la bienvenida» al fallo de la Corte Permanente de Arbitraje, que «confirma la interpretación de la Unión Europea de una serie de disposiciones del apartado de pesca del acuerdo de comercio y cooperación» cerrado entre el club comunitario y el Reino Unido a raíz del Brexit.

«Si bien no se estimaron todas las reclamaciones de la UE, el tribunal de arbitraje consideró que la prohibición de pescar lanzón en aguas inglesas del mar del Norte no cumplía con el principio de proporcionalidad establecido en el acuerdo de comercio y cooperación», destacó.

Agregó que el tribunal también concluyó que la prohibición en aguas inglesas del mar del Norte «incumple la obligación del Reino Unido de conceder a los buques de la UE pleno acceso a dichas aguas para la pesca del lanzón».

Detalló que ahora el Reino Unido debe informar a la UE, en un plazo de 30 días desde el fallo, de las medidas que ha tomado o tiene previsto tomar para cumplir con la decisión de la corte, así como indicar si necesita «un periodo razonable de tiempo para implementar los cambios necesarios».

«Aunque la UE apoya plenamente la protección del ecosistema marino y la sostenibilidad a largo plazo de la pesca, es esencial que cualquier medida unilateral sea coherente con los compromisos y principios en el acuerdo de comercio y cooperación», subrayó el portavoz.

Asimismo, resaltó que la UE seguirá apoyando una relación pesquera «mutuamente beneficiosa» con el Reino Unido, «centrándose tanto en la sostenibilidad inmediata como a largo plazo» de la actividad pesquera. EFE

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