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Bruselas expedienta a España por no adoptar las últimas normas de supervisión bancaria

Bruselas., 27 mar (EFE).- La Comisión Europea anunció este viernes la apertura de un expediente a España y a otros 21 Estados miembros por no haber aprobado normas mas recientes sobre supervisión bancaria, que debían estar adoptadas a nivel nacional antes del 10 de enero de este año, según informó la institución en un comunicado.

La sexta directiva sobre requisitos de capital (CRD6) es «una importante actualización» del marco prudencial bancario del bloque y tiene como objetivo «armonizar las normas para la prestación de servicios bancarios por parte de empresas de terceros países en la UE, sometiéndolas a un conjunto de requisitos mínimos y normas armonizadas mínimas para la prestación de servicios».

Esta normativa también busca armonizar las herramientas de supervisión en áreas como las operaciones relevantes desde el punto de vista prudencial, los pagos periódicos de sanciones o las evaluaciones sobre la independencia de los supervisores, al tiempo que refuerza las disposiciones sobre riesgos ambientales, sociales y de gobernanza.

Bruselas destaca también que esta directiva «beneficia a los ciudadanos de la UE al proporcionar estabilidad financiera, asegurando que los bancos puedan proporcionar préstamos y servicios a los ciudadanos en cualquier circunstancia económica».

Los Estados miembros tenían que transponer la normativa a su legislación nacional antes del 10 de enero de este año, pero hasta ahora 22 de ellos no han comunicado su adopción, por lo que Bruselas ha abierto expediente a todos ellos.

Además de España, los países expedientados por este motivo son Bélgica, Bulgaria, Alemania, Estonia, Irlanda, Grecia, Francia, Croacia, Chipre, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Austria, Polonia, Portugal, Rumanía, Eslovaquia, Finlandia y Suecia.

La apertura del expediente con el envío de una carta de emplazamiento es el primer paso de los procedimientos europeos de infracción, que pueden llegar al Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) si persisten las deficiencias identificadas por las autoridades comunitarias.

Antes de acudir a la Justicia europea, el Ejecutivo comunitario tiene la posibilidad de enviar un ultimátum a los países que todavía no hayan adoptado la directiva, con el envío de un dictamen motivado que sería la segunda etapa del procedimiento.

Otro expediente por la directiva ESAP

Por otro lado, Bruselas ha expedientado también a España, así como a otros 18 socios del club, por no haber transpuesto la directiva ómnibus del Punto Único de Acceso Europeo (ESAP, en inglés), cuya fecha límite también era el pasado 10 de enero.

El objetivo del ESAP es «proporcionar a los inversores y partes interesadas un mecanismo centralizado que ofrezca información pública fácilmente accesible, comparable y útil» para mejorar la visibilidad de las empresas, apoyar un mayor abanico de las fuentes de financiación y beneficiar a las pymes activas en mercados de capitales «reducidos».

Para ello, el proyecto cuenta con tres fases de implementación y la directiva ómnibus, que prepara el inicio de las fases 2 y 3, incluye los cambios efectuados en 15 directivas que exigen que la información se envíe al ESAP en un formato específico con los metadatos correspondientes.

En fases posteriores se añadirá más información pública al ESAP, hasta alcanzar aproximadamente los 200 conjuntos de datos procedentes de 50 actos jurídicos.

Junto a España, Bruselas ha expedientado por este motivo a Bélgica, Bulgaria, Chipre, Dinamarca, Estonia, Grecia, Francia, Italia, Letonia, Luxemburgo, Lituania, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Rumanía, Eslovenia y Suecia.

Al igual que en el expediente anterior, se trata de la primera fase de un procedimiento de infracción y, si no corrige los problemas detectados en los próximos meses, la Comisión podría llevar a España ante el TJUE. EFE

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