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Bruselas propone suavizar requisitos de transparencia de productos financieros sostenibles

Bruselas, 20 nov (EFE).- La Comisión Europea propuso este jueves reducir y simplificar los requisitos de información que deben cumplir las firmas que comercializan productos financieros considerados «sostenibles» con el fin de rebajar costes para los proveedores y facilitar su comprensión por parte de los inversores.

Bruselas ha revisado el reglamento sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en los servicios financieros, que se aplica desde 2021 a los bancos, aseguradoras, gestores de activos o firmas de inversión, entre otros, que venden productos financieros con objetivos medioambientales o sociales, y ha concluido que había lagunas que necesitaban ser abordadas.

En particular, considera que los procedimientos para publicar esta información son demasiado largos y complejos, lo que hace difícil que los inversores entiendan o comparen los distintos productos financieros, y que la industria ha utilizado la norma como un «sistema de etiquetado de facto», lo que genera un riesgo de «blanqueo ecológico» o venta engañosa de ciertos productos sobre todo a los minoristas.

Para atajarlo, el Ejecutivo comunitario propone introducir criterios específicos y condiciones mínimas para que las empresas puedan afirmar que sus productos son sostenibles desde el punto de vista medioambiental, social o de gobernanza (ESG, por sus siglas en inglés), así como simplificar los formularios que deben rellenar las empresas.

En primer lugar, Bruselas plantea crear tres categorías para este tipo de productos: «sostenible», «de transición» y «básica».

La primera incluiría los productos financieros que ya contribuyan a objetivos climáticos, medioambientales y sociales, por ejemplo, inversiones en empresas o proyectos que ya cumplan con altos estándares de sostenibilidad.

En la segunda se enmarcarían las inversiones en empresas o proyectos que aún no son sostenibles pero que tienen un plan creíble de transición, o las que contribuyan a lograr mejoras medioambientales o sociales; mientras que la «básica» se dejaría para inversiones que no cumplan los criterios de las otras dos categorías pero que se sitúen entre las mejores en un área concreta de sostenibilidad.

Para entrar en una de las tres categorías, las entidades tendrán que asegurar que al menos un 70 % de su cartera de inversión apoya la estrategia de sostenibilidad escogida y que se excluyen de la misma cualquier inversión en industrias o actividades perjudiciales, por ejemplo, en compañías que violen los derechos humanos o las ligadas a tabaco, armas prohibidas o combustibles fósiles por encima de ciertos límites.

Solo aquellos productos que estén en una de las categorías podrán hacer referencia a los criterios ESG en su nombre o sus campañas de márketing, lo que «será un paso clave para luchar contra el blanqueo ecológico y aumentar la confianza en las inversiones sostenibles», según defendió la Comisión en un comunicado.

Por otro lado, Bruselas propone reducir la información de sostenibilidad que deberá divulgarse sobre cada producto limitándola a datos disponibles, relevantes y comparables y alineándola con las nuevas categorías, de modo que se más comprensible para los inversores.

Y además pide eliminar de este reglamento ciertas obligaciones de divulgar información sobre las propias empresas, en concreto, sobre su impacto adverso en la sostenibilidad, con el fin de evitar duplicidades puesto que estos requisitos se han incluido en la directiva de información de sostenibilidad corporativa.

La propuesta tendrá que ser aprobada por los Estados y la Eurocámara para entrar en vigor. EFE

lpc/rja/jgb

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