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Varias ONG de Ecuador acogen fallo contra el uso de FF.AA. frente a civiles

Quito, 7 may (EFE).- La Alianza de Organizaciones por los Derechos Humanos de Ecuador acogió este viernes con satisfacción el reciente dictamen de la Corte Constitucional que declaró inconstitucional el uso de las Fuerzas Armadas para el control de la seguridad ciudadana y el orden interno.

En un comunicado se hizo eco de la sentencia emitida este miércoles por el alto tribunal, que declaraba inconstitucional “por la forma del Acuerdo Ministerial No. 179 que contiene el “Reglamento del Uso Progresivo, Racional y Diferenciado de la Fuerza por parte de los Miembros de las Fuerzas Armadas”.

La resolución judicial respondió a acciones legales interpuestas por la Defensoría del Pueblo y sociedad civil, a través de seis demandas presentadas en junio y julio de 2020.

DEMANDAS DE LAS ONG

En una de ellas, elevada por varias organizaciones de la Alianza, se reclamaba la necesidad de que la Corte suspendiera dicho reglamento, “por amenazar de forma inminente y grave derechos constitucionales entre ellos a la vida, integridad y el legítimo derecho a la protesta y la movilización”.

“Las medidas cautelares fueron concedidas al momento de admitirse nuestra demanda el 17 de junio de 2020 y, por lo tanto, el Reglamento fue suspendido hasta el 5 de mayo de 2021 que fue declarado definitivamente inconstitucional”, reza el comunicado de la coalición de ONG defensoras de los derechos humanos.

La Alianza también presentó ante la Corte un análisis del papel de las Fuerzas Armadas en el marco constitucional de Ecuador, en el que censuraba “las graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el Paro Nacional de 2019”.

El comunicado aludía a las protestas sociales contra la derogación del subsidio a los combustibles en octubre de 2019, medida que provocó una ola de violencia sin precedentes en el país con al menos seis muertos y 1.500 heridos, un tercio de ellos fuerzas de seguridad, y que cesó con la derogación de la decisión gubernamental.

La Asamblea Nacional mediante un proyecto de enmienda constitucional modificó en 2014 el rol de las Fuerzas Armadas, a las que facultó “funciones complementarias”, incluso en circunstancias ordinarias, enmienda que ya fue declarada inconstitucional en 2018, según la Alianza de ONG.

La Corte Constitucional precisó que durante estados de excepción, las FFAA sólo podrían intervenir de manera extraordinaria, subordinada y complementaria, regulada y fiscalizada, sin hacer uso del armamento habitual para defender la soberanía del Estado.

INTERVENCIÓN DE FFAA EN ESTADO DE EXCEPCIÓN

El ministro de Defensa, Oswaldo Jarrín, insistió en abril pasado en que la intervención de los uniformados fue en aras de dar apoyo a la Policía Nacional en medio de un estado de excepción decretado por el presidente, Lenín Moreno, a fin de reducir la intensidad de la violencia en octubre de 2019.

Frente a las acusaciones de supuestos delitos de “lesa humanidad” por parte de la Defensoría y grupos de derechos humanos, el titular de Defensa aclaró que los soldados ecuatorianos que intervinieron en operativos en el marco de las protestas, utilizaron equipamiento antidisturbios y armamento no letal para aplacar las manifestaciones y sabotajes.

“Esto significa que jamás se utilizó armamento de dotación militar, jamás se disparó un solo tiro”, recalcó Jarrín. EFE

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