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El TGUE desestima el recurso de Amazon contra Bruselas por designarla como gran plataforma

Bruselas, 19 nov (EFE).- El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) desestimó este miércoles el recurso de la empresa estadounidense Amazon contra la Comisión Europea, por haberle designado como una gran plataforma de internet en base a la ley de servicios digitales (DSA), que obliga a las tecnológicas a combatir el contenido ilegal y a mayor transparencia.

Amazon recurrió ante la justifica europea la decisión del Ejecutivo comunitario, alegando que violaba diversos derechos fundamentales, en particular, la libertad de empresa, el derecho de propiedad, el principio de igualdad, la libertad de expresión, el derecho al respeto de la vida privada y la protección de información confidencial, pero la corte con sede en Luxemburgo rebatió hoy sus argumentos.

El TGUE señaló que las obligaciones que impone la normativa comunitaria «constituyen, ciertamente, una injerencia» a la libertad de empresa pero aseguró que esta intromisión «no afecta al contenido esencial» del derecho y que, además, respeta la Carta de derechos fundamentales.

Los jueces señalaron que no se ha cometido ningún error al considerar que las grandes plataformas de internet -aquellas que superan los 45 millones de usuarios mensuales en la UE- «pueden presentar riesgos sistémicos a la sociedad, en particular difundiendo contenidos ilícitos o vulnerando los derechos fundamentales, incluida la protección de los consumidores».

Aunque el cumplimiento de la ley «suponga cargas económicas notables para dichas plataformas», las obligaciones que deben cumplir -como la de no recomendar productos a los usuarios basado en su perfil, tener un repositorio público de sus clientes publicitarios o permitir que investigadores externos accedan al funcionamiento de sus algoritmos- «pretenden prevenir» los riesgos, dijo el tribunal.

El TGUE también señaló que las cargas administrativas que deben soportar las tecnológicas tampoco vulneran el derecho de propiedad, porque «no privan» a las compañías de ser los dueños de sus plataformas.

El tribunal descartó asimismo que Bruselas haya violado el principio de igualdad frente a Amazon, porque la distinción que establece la DSA entre las distintas plataformas digitales en función de su tamaño «no es arbitraria», dado que las empresas «con más de 45 millones de usuarios pueden exponer a un gran número de personas a contenidos ilícitos».

La corte también rechazó que la obligación que se impone a las grandes plataformas para que los usuarios puedan ver contenidos que no estén basados en su perfil vulnere el derecho a la libertad de expresión, porque aunque este requisito «puede restringir» la manera en que Amazon presente los productos, la medida «persigue un objetivo legítimo de protección de los consumidores».

En cuanto al derecho de respeto a la vida privada, el TGUE aseguró que las obligaciones de transparencia publicitaria y de acceso a los investigadores a determinados datos «constituyen, efectivamente, una injerencia», pero las medidas «son proporcionadas y están justificadas por un objetivo de interés general».

Los jueces dijeron que el deber de tener un repositorio de los anuncios que se muestran en la plataforma está «estrictamente» delimitado, mientras que el acceso de los investigadores a ciertos datos «está sujeto a estrictas garantías de seguridad y confidencialidad».

La sentencia del TGUE se puede recurrir ante la instancia superior de la justicia europea, el Tribunal de Justicia de la UE. EFE

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