Países UE pueden exigir residencia para dar asistencia social a otros europeos, según TJUE
Bruselas, 5 mar (EFE).- Los Estados miembros de la Unión Europea pueden exigir a ciudadanos de otros países de la UE que cuenten con un permiso de residencia de larga duración para acceder a determinadas prestaciones de asistencia social, indicó este jueves el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
En respuesta a una cuestión prejudicial de un juez italiano, el tribunal recordó que los ciudadanos europeos disfrutan del derecho a circular y residir libremente dentro de la Unión, pero subrayó que ese derecho no implica necesariamente el acceso automático a todas las prestaciones sociales en el país de acogida.
La sentencia confirma que los Estados miembros pueden establecer ciertas condiciones para la concesión de ayudas sociales destinadas a garantizar la subsistencia, entre ellas la exigencia de demostrar un vínculo más estable con el país, como la residencia de larga duración.
«El Derecho de la Unión no se opone a que un Estado miembro exija que los ciudadanos de otros Estados miembros dispongan de un derecho de residencia de larga duración para acceder a determinadas prestaciones de asistencia social», señaló el servicio de prensa del TJUE.
El objetivo, según la interpretación del tribunal, es evitar que los sistemas nacionales de asistencia social soporten una carga desproporcionada y permitir que los Estados mantengan el equilibrio financiero de sus sistemas de bienestar.
El tribunal con sede en Luxemburgo también recordó que el acceso a ayudas sociales puede depender de que el ciudadano europeo cumpla las condiciones para residir legalmente en el país de acogida, como trabajar, buscar empleo o disponer de recursos suficientes.
No obstante, el tribunal subrayó que cualquier restricción debe respetar el principio de proporcionalidad y no puede aplicarse de forma discriminatoria entre ciudadanos nacionales y ciudadanos de otros países de la UE que se encuentren en una situación comparable. EFE
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