TJUE condena a Portugal a pagar 10 millones euros por incumplir sentencia sobre hábitats
Bruselas, 5 mar (EFE).- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) condenó este jueves a Portugal a pagar una multa de 10 millones de euros por incumplimiento de una sentencia judicial en la que declaró que Portugal había infringido sus obligaciones respecto a la normativa europea de protección de hábitats naturales.
La corte, con sede en Luxemburgo, consideró en 2019 que el país luso no estaba cumpliendo con algunos apartados relativos a la Directiva Hábitats de la UE, por la que los Estados miembros deben garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres.
En particular, la sentencia señaló que Portugal no había designado como Zonas Especiales de Conservación (ZEC) 61 lugares de importancia comunitaria dentro de los plazos establecidos por la normativa europea, así como «las medidas de conservación necesarias que satisfagan las exigencias ecológicas de los tipos de hábitats naturales».
En 2024, la Comisión Europea interpuso un recurso por incumplimiento de dicha sentencia ante el TJUE, pidiendo una sanción de 8.202.816 euros a Portugal y una multa coercitiva de 45.543 euros por cada día de retraso en la ejecución de la sentencia que declara la infracción.
La corte decidió hoy elevar la sanción general a 10 millones de euros por «la gravedad y persistencia de las violaciones del Derecho medioambiental de la Unión» por parte de la República portuguesa.
Sin embargo, estableció la multa coercitiva en 41.250 euros por día de retraso, correspondiente a 750 euros por cada uno de los 55 lugares aún no protegidos.
Asimismo, concede «una reducción de 750 euros por día y por lugar de importancia comunitaria que se haya adaptado a dicha sentencia, aplicable tras la notificación completa y precisa a la Comisión al respecto».
La sentencia de este jueves señaló que «la mera designación de lugares de importancia comunitaria, sin especificar los tipos de hábitats naturales y especies protegidas, resulta insuficiente para cumplir el artículo 4, apartado 4, de la Directiva de Hábitats».
Añade que, aunque Portugal indicó que «las aclaraciones necesarias sobre los tipos de hábitats naturales y especies protegidas se facilitarán en breve, de sus propios escritos se desprende que el trabajo legislativo aún no ha concluido».
«A este respecto, cabe destacar que solo 29 de las 61 ZEC en cuestión han sido objeto de avances significativos, y que, de estas, solo 6 están efectivamente cubiertas por decretos publicados», siguió la sentencia. EFE
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