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Abogado general de UE dice que los gastos del procés no afectaron a las finanzas europeas

Bruselas, 13 nov (EFE).- El abogado general de la Unión Europea Dean Spielmann consideró este jueves que «no existe un vínculo» directo entre los gastos del procés y un perjuicio a las finanzas europeas, aunque cuestionó algunos aspectos procedimentales de la amnistía.

El letrado apuntó en concreto a los plazos que la norma da a los jueces para dictar sentencia, ya que cree que «podrían ser incompatibles» con el derecho a la tutela judicial efectiva.

El abogado general se pronunció así sobre la cuestión prejudicial que ha planteado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) el Tribunal de Cuentas español, que analiza las responsabilidades contables de 35 exaltos cargos de la Generalitat, entre ellos, los expresidentes Carles Puigdemont y Artur Mas.

En sus conclusiones publicadas hoy, el abogado general señaló que «la protección de los intereses financieros de la Unión no se opone a la extinción de responsabilidad prevista en la Ley Orgánica de Amnistia por los actos determinantes de responsabilidad contable que afecten a los intereses financieros de la Unión».

Ello es así, según Spielmann, porque «no existe un vínculo directo entre esos actos y la reducción, actual o potencial, de los ingresos puestos a disposición del presupuesto de la Unión».

Sin embargo, el abogado general consideró que el plazo máximo de dos meses que se da a los jueces españoles para decidir si deben aplicar la norma «podría resultar demasiado corto para determinar si la situación está cubierta o no por la amnistía», por lo que se «puede quebrantar la exigencia de independencia judicial».

Spielmann dice que corresponde al Tribunal de Cuentas apreciar este aspecto, aunque recuerda que «el Gobierno español ha apuntado que el plazo en cuestión tiene carácter estrictamente indicativo, extremo que ninguna de las partes interesadas ha refutado».

Del mismo modo, el abogado general dijo que obligar a los jueces españoles a dictar una sentencia absolutoria y alzar las medidas cautelares que se hubieran acordado en un máximo de dos meses, antes incluso de que el TJUE se pronuncie sobre el caso, es contrario al derecho comunitario porque «privaría al procedimiento prejudicial de todo efecto útil».

Y en este sentido, dejó en manos del Tribunal de Cuentas evaluar si la ley de amnistía «puede interpretarse de un modo que garantice el efecto útil» de las dudas planteadas ante la justicia europea.

Por último el abogado general se pronunció sobre el hecho de que la ley de amnistía solo obliga a dar audiencia a las entidades del sector público que se hubieran visto perjudicadas por el menoscabo de los fondos, así como al Ministerio Fiscal, sin mencionar a las partes que hayan ejercitado la acción pública.

En este sentido, dijo que si dictasen la sentencia sin escuchar a algunas de las partes «se les impediría mantener un debate contradictorio» sobre los hechos en cuestión, aunque dejó en manos del Tribunal de Cuentas determinar si la LOA debe interpretarse en ese sentido.

Y aseguró que «imponer a los órganos jurisdiccionales nacionales la obligación de dictar una resolución que absuelva de responsabilidad a las personas demandadas sin disponer de la posibilidad de ponderar las pruebas para determinar si esas personas han cometido los actos que se les imputan es conforme con la obligación de garantizar la tutela judicial efectiva».

Las conclusiones del abogado general no son vinculantes pero orientan al TJUE a la hora de redactar las sentencias y suelen coincidir con el fallo final, que se prevé para dentro de unos meses. EFE

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