El abogado general avala los principales puntos de la amnistía aunque cuestiona sus plazos
Bruselas, 13 nov (EFE).- El abogado general de la Unión Europea Dean Spielmann avaló este jueves los principales puntos de la ley de amnistía, al considerar que no plantea perjuicios para las finanzas europeas y que responde al interés general, aunque cuestionó algunos aspectos procedimentales de la norma.
El letrado se pronunció sobre las cuestiones prejudiciales que le plantearon el Tribunal de Cuentas sobre los gastos del procés y la Audiencia Nacional sobre los delitos de terrorismo, en unas conclusiones que no son vinculantes pero que guían al Tribunal de Justicia de la UE a la hora de dictar su sentencia, todavía sin fecha.
Intereses financieros
Spielmann aseguró que la jurisprudencia del TJUE «no permite establecer un vínculo de conexión directa entre las actividades ilegales objeto del litigio principal y los recursos propios de la Unión».
En primer lugar, porque en su auto de remisión, el Tribunal de Cuentas «no recoge ningún elemento que indique que se utilizaran fondos procedentes del presupuesto de la Unión o administrados por la Unión» para promover la independencia de Cataluña.
Y en segundo lugar, refutó la interpretación del Tribunal de Cuentas -que comparte el Tribunal Supremo al no aplicar la amnistía al delito de malversación, entre otros, al expresidente catalán Carles Puigdemont – de que la secesión de Cataluña hubiese reducido la Renta Nacional Bruta de España y, en consecuencia, su aportación al presupuesto comunitario.
Siguiendo este criterio, señaló el abogado general, se tendría que haber considerado que la retirada del Reino Unido de la Unión Europea en 2020 fue ilegal porque también afectó al presupuesto comunitario.
Autoamnistía
En contra de la Comisión Europea, Spielmann negó que la ley del olvido pueda considerarse una «autoamnistía» porque es «fruto de un procedimiento parlamentario regular tramitado en el seno de un sistema democrático pluralista».
La amnistía no persigue «proteger a un régimen político o a sus representantes frente a posibles actuaciones judiciales», sino «dar respuesta a una situación excepcional con un objetivo declarado de normalización institucional y reconciliación», dijo el abogado general.
El Ejecutivo comunitario evitó hoy pronunciarse sobre las conclusiones del abogado general, alegando que el TJUE aún debe pronunciarse sobre la amnistía.
Terrorismo
El abogado general tampoco vio ninguna incompatibilidad entre la directiva europea de lucha contra el terrorismo y la ley de amnistía porque «conlleva meramente una desactivación parcial y temporal de sus efectos, al extinguir la responsabilidad penal por ciertos hechos determinados, limitados en el tiempo y por su naturaleza».
Según el letrado, la amnistía «cumple los estándares jurisprudenciales establecidos por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos» y no incluye entre los delitos perdonados aquellos que supongan violaciones graves de derechos humanos, principalmente las infracciones de los derechos a la vida y a la integridad física, que excluye explícitamente.
Aspectos procedimentales
Pese a avalar los principales aspectos de la amnistía, el abogado general también cuestionó algunos de sus aspectos procedimentales, principalmente los dos meses de plazo que la ley da a los jueces para que decidan si deben aplicarla, porque «podrían ser incompatibles» con el derecho a la tutela judicial efectiva.
Respecto a este punto, dijo que sería contrario al derecho comunitario siempre y cuando «dicho plazo, con carácter perentorio, impida al órgano jurisdiccional nacional acordar las diligencias probatorias necesarias» para dictar el fallo.
A este respecto, recordó que el Gobierno español ha apuntado que el plazo de dos meses que contempla la ley «es estrictamente indicativo», por lo que su incumplimiento «no parece acarrear la imposición de sanciones disciplinarias» a los jueces.
Y dejó en manos del Tribunal de Cuentas apreciar si los dos meses son un plazo «excesivamente corto» que le impidan analizar todas las pruebas necesarias para dictar su sentencia.
Del mismo modo, el abogado general dijo que obligar a los jueces españoles a dictar una sentencia absolutoria y alzar las medidas cautelares que se hubieran acordado en un máximo de dos meses, antes incluso de que el TJUE se pronuncie sobre el caso, es contrario al derecho comunitario porque «privaría al procedimiento prejudicial de todo efecto útil». EFE
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