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La CE critica en el TJUE la «indeterminación» del terrorismo en ley amnistía en España

Luxemburgo, 15 jul (EFE).- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dejó este martes vistas para sentencia las cuestiones que le plantearon el Tribunal de Cuentas español, sobre los gastos del procés, y la Audiencia Nacional, sobre los CDR acusados de terrorismo, una causa que enfrentó los argumentos de España contra los de la Comisión Europea (CE) por la «indeterminación» de los delitos de terrorismo en la ley de amnistía.

Los jueces de la corte con sede en Luxemburgo no determinaron, no obstante, la fecha en la que pronunciará su opinión el abogado general y posteriormente dictará sentencia el propio Tribunal de Justicia de la UE para responder a las dudas de los órganos jurisdiccionales españoles.

Después de una sesión de mañana dedicada a determinar si los gastos del procés pusieron en riesgo a los intereses financieros de la UE y en la que Bruselas puso en duda que la ley de amnistía «responda a un objetivo de interés general», la vista de la tarde se centró en determinar si el perdón a los delitos de terrorismo que contempla esta ley se ajusta al derecho europeo.

En este intercambio, contrapusieron sus argumentos la Comisión Europea, que observó la «indeterminación» de la ley de amnistía en lo que se refiere a los delitos de terrorismo, y España, que dice que ha cumplido «íntegramente» con la directiva europea sobre los delitos de terrorismo y que la ley de amnistía no compromete el principio de seguridad jurídica.

«En esta ley de amnistía observamos que el ámbito de aplicación es muy amplio y que hay mucha indeterminación. La consecuencia de estas dos circunstancias es la posible violación de los principios de seguridad jurídica y de igualdad ante la ley y, (…) como consecuencia una amnistía demasiado amplia, una violación del efecto útil de la directiva», señaló el letrado de la Comisión Europea, Carlos Urraca.

El abogado del Ejecutivo comunitario señaló que las disposiciones de la ley de amnistía carecen, a juicio de Bruselas, «de certidumbre, de previsibilidad y de precisión». «Por lo tanto, en opinión de la Comisión, no son lo suficientemente claras para determinar qué delitos enumerados en la directiva entran en su ámbito de aplicación», añadió.

No obstante, precisó, corresponde a los tribunales nacionales españoles determinar si los criterios de la ley de amnistía son demasiado amplios o vagos.

La abogada general del Estado, Andrea Gavela, argumentó que el legislador español tuvo en cuenta el «contexto sociopolítico» y el «ámbito objetivo y temporal» para incluir dentro de la aplicación de la ley de amnistía los delitos de terrorismo y, «en aras de cumplir con el Derecho internacional, exceptuar aquellos que supongan una grave vulneración de los derechos fundamentales».

En este sentido, reconoció a pregunta directa del juez que «no todos los actos cubiertos por la directiva (europea de lucha contra el terrorismo) quedan excluidos del ámbito de la amnistía».

El abogado de la Comisión incidió en que el derecho comunitario no se opone de manera general a amnistiar los delitos bajo el paraguas de la directiva antiterrorista, pero el país que lo haga tiene que asegurarse de que cubre principios como la igualdad ante la ley o la seguridad jurídica, previstos por la Comisión de Venecia.

«Este asunto suscita una cuestión importante: si es compatible con los valores de la Unión Europea conceder amnistía a cambio de apoyo para la investidura de un Gobierno. La Comisión Europea cree que la respuesta tiene que ser negativa», zanjó Urraca en sus conclusiones ante los jueces.

La Fiscalía General del Estado, por su parte, coincidió con España en que la ley de amnistía no vulnera el principio de seguridad jurídica porque se limita a «hechos muy concretos» en lo que se refiere a los delitos de terrorismo amnistiados y defendió que «persigue la reconciliación nacional a través de la normalización institucional, política y social de Cataluña».

Los letrados de los Comités en Defensa de la República (CDR), que representaban a los doce miembros encausados por preparar acciones violentas contra edificios públicos en Cataluña en respuesta a la sentencia del procés, defendieron que la ley de amnistía no pone en riesgo la lucha antiterrorista y que tampoco supone una discriminación porque se aplica, por ejemplo, a policías e individuos no independentistas.

El abogado de Asociación Catalana de Víctimas de Organizaciones Terroristas, José María Fuster Fabra, advirtió sobre la vulneración del principio de igualdad y lo ejemplificó explicando que se está aplicando la amnistía a personas que retiraban la bandera española y no a personas que quitaban las esteladas.

Fuster Fabra alertó además sobre una ley de amnistía que, dijo, le da pánico por el antecedente que pueda crear para el futuro de Europa -de ser avalada por Luxemburgo- y que a su juicio puede abrir la puerta a la impunidad de delitos de terrorismo yihadista. EFE

lzu/cat/pddp

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