
La CE propone un único «certificado europeo de paternidad» para toda la UE
(Actualiza con más datos dados por el comisario Reynders)
Bruselas, 7 dic (EFE).- La Comisión Europea (CE) propuso este miércoles que la paternidad establecida en un Estado miembro de la Unión Europea (UE) sea reconocida en todos los demás, sin ningún procedimiento especial, con independencia de cómo sea la familia y demostrada con un único «Certificado Europeo de Paternidad».
De esta manera, el Ejecutivo comunitario pretende armonizar a nivel de la UE las normas de derecho internacional privado relativas a la paternidad en una propuesta de Reglamento que se centra «en el interés superior y los derechos del niño» y que fue presentado hoy por el comisario de Justicia, Didier Reynders, y la comisaria de Igualdad, Helena Dalli, en una rueda de prensa.
«Todos los niños deben tener los mismos derechos independientemente de cómo fueron concebidos o nacidos y de su tipo de familia», ya sean de padres del mismo sexo o adoptados, afirmó el liberal Reynders, que precisó que la propuesta «pretende garantizar que los derechos fundamentales de los niños no se pongan en peligro en situaciones transfronterizas dentro de la Unión Europea».
El político belga hizo hincapié en que con la medida, que espera que sea respaldada por unanimidad, «no se trata de cambiar la definición de familia en cada Estado miembro sino de reconocer y garantizar los derechos de unos dos millones de niños», a los que calcula que beneficiará esta armonización.
La propuesta normativa de hoy va a permitir una vez refrendada por el Consejo (los países) y el Parlamento Europeo que los niños en situaciones transfronterizas se beneficien de los derechos derivados de la paternidad en virtud de la legislación nacional, en materias como la sucesión, la manutención, la custodia o el derecho de los padres a actuar como representantes legales del niño para, por ejemplo, cuestiones de escolarización o salud.
El derecho de la UE, tal como lo interpreta el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, en particular sobre la libre circulación, ya prevé que la paternidad establecida en un Estado miembro debe ser reconocida en todos los demás para algunos fines: acceso al territorio, derecho de residencia, no discriminación con los nacionales. Sin embargo, este no es el caso de los derechos derivados de la legislación nacional.
De hecho, actualmente, los Estados miembros tienen diferentes leyes nacionales sobre la jurisdicción, la ley aplicable y el reconocimiento en el campo de la paternidad, como por ejemplo los hijos de parejas del mismo sexo, lo que puede causar obstáculos legales para las familias que se encuentran en una situación transfronteriza.
Esto conlleva que las familias a veces tienen que iniciar procedimientos administrativos o incluso judiciales para que se reconozca esa paternidad, pero estos son costosos, requieren mucho tiempo y pueden tener resultados inciertos, destacó Bruselas.
«Es impensable que un padre en un Estado miembro no sea reconocido como padre en otro Estado miembro», dijo la vicepresidenta de Valores y Transparencia, Vera Jourová, que destacó en un comunicado que la nueva propuesta aporta un «conjunto claro de normas», «de modo que cuando una familia se traslada de un Estado miembro a otro, sigue siendo una familia. Y con esto también reducimos costos y tiempo en procesos judiciales».
CERTIFICADO EUROPEO DE PATERNIDAD
El Certificado Europeo de Paternidad, de nueva creación, podrá ser solicitado por los hijos o sus representantes legales al Estado miembro que estableció la paternidad, y servirá para acreditar la situación en todos los demás Estados miembros.
La Comisión propone una plantilla armonizada, común a toda la UE.
Su uso será opcional, pero las familias tendrán derecho a solicitarlo y a que sea aceptado en toda la UE.
La norma determina los tribunales de los Estados miembros que tienen jurisdicción en asuntos relacionados con la paternidad, velando por el interés superior del niño.
Establece, además, que, por regla general, la ley aplicable al establecimiento de la filiación debe ser la ley del Estado de residencia habitual de la persona que da a luz.
Cuando esa regla tenga como resultado el establecimiento de la paternidad con respecto a uno solo de los padres, las opciones alternativas garantizan que la paternidad pueda establecerse con respecto a ambos padres.
Lo que no armoniza la nueva normativa es el derecho sustantivo de familia, que sigue siendo competencia de los Estados miembros. EFE
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