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Portugal aprueba gestación subrogada tras vetos del Constitucional

Lisboa, 26 nov (EFE).- El Parlamento de Portugal aprobó hoy la ley de gestación subrogada con varias modificaciones para superar los vetos que había planteado el Tribunal Constitucional, entre ellos un plazo de hasta 20 días tras el parto en el que la gestante puede arrepentirse y no entregar el bebé.

La nueva ley, que parte de dos propuestas del Bloco de Esquerda y el animalista PAN, fue aprobada con los votos a favor de estos dos partidos, los socialistas, los Verdes, Iniciativa Liberal y una diputada no inscrita.

La norma permite el acceso a los llamados “vientres de alquiler” a mujeres sin útero o con una lesión o situación clínica que les impida “de forma absoluta y definitiva” quedarse embarazadas, sin que implique ninguna prestación económica.

En Portugal entró en vigor una ley de este tipo en agosto de 2017, pero fue vetada posteriormente por el Tribunal Constitucional al considerar que violaba principios y derechos, entre ellos el arrepentimiento de la gestante.

En julio de 2019 se volvió a aprobar un proyecto de ley de gestación subrogada pero no hubo consenso entre los diputados para incluir el plazo de arrepentimiento, por lo que el Constitucional lo vetó de nuevo.

Con la nueva legislatura, con una composición parlamentaria diferente, la Cámara aprobó este viernes otra versión de la ley, que contempla que la gestante tiene un plazo de hasta 20 días desde el parto -hasta que se registre al bebé- para arrepentirse y decidir no entregarlo.

También se ha añadido a la ley que la gestante sea una mujer que “preferentemente” ya haya sido madre y que se exija un parecer del Colegio de Psicólogos antes de iniciar el tratamiento, además de uno del Colegio de Médicos, que ya estaba incluido en versiones anteriores.

Tras su aprobación en la Cámara, la ley pasará a manos del presidente de Portugal, Marcelo Rebelo de Sousa, que puede promulgarla, vetarla o remitirla nuevamente al Constitucional.

La anulación de la ley de “vientres de alquiler” en 2018 dejó en el limbo a las parejas que ya habían iniciado los trámites, una de ellas de nacionalidad española, aunque el Constitucional permitió que siguiera adelante el único caso en el que había empezado el tratamiento médico.

Se trataba de una abuela que se prestó a dar a luz a su nieto, aunque la mujer no consiguió quedarse embarazada. EFE

pfm/mar/chg

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