
Constitucional de Perú precisa que extinción de dominio solo es aplicable a partir de 2018
Lima, 31 jul (EFE).- El Tribunal Constitucional (TC) de Perú precisó que la ley de extinción de dominio, que permitía al Estado el decomiso de bienes obtenidos ilícitamente, por delitos de corrupción o narcotráfico, entre otros, solo podrá ser ejecutada para casos cometidos después de 2018, cuando entró legalmente en vigencia, según una sentencia difundida este jueves por los medios locales.
La reciente sentencia del TC declaró inconstitucionales varios numerales del decreto legislativo sobre extinción de dominio, al declarar fundada en parte una demanda de inconstitucionalidad de la Defensoría del Pueblo contra el Poder Ejecutivo.
El Constitucional explicó, en una nota de prensa, que emitió una sentencia interpretativa en el sentido de que «solamente es aplicable para supuestos acaecidos con posterioridad a su entrada en vigor» en 2018 para minimizar «el impacto de la expulsión del ordenamiento jurídico» de esas disposiciones.
En ese sentido, exhortó al Congreso para que implemente un mecanismo que permita al absuelto de un proceso penal recuperar aquellos bienes que le fueron decomisados o, en su defecto, que sea «indemnizado con el valor de mercado más los intereses correspondientes».
Asimismo, ordenó a los jueces del Subsistema Nacional de Extinción de Dominio archivar ‘ipso facto’ todas las demandas de extinción de dominio sustentadas en ilícitos no penales y en delitos no comprendidos en la modificación presentada después de la demanda.
Entre los casos que quedan fuera de la aplicación de esta ley está el caso Odebrecht, donde son numerosos los investigados que han sido objeto de procesos de expropiación de sus bienes ante la sospecha por parte de la Fiscalía de haber sido adquiridos presuntamente con fondos ilícitos obtenidos de los sobornos y pagos irregulares realizados por la empresa brasileña hasta 2015.
Tras la sentencia del TC, la Defensoría del Pueblo saludó la decisión y agregó que, desde un primer momento, había advertido que el decreto legislativo «vulneraba principios elementales como la seguridad jurídica, la presunción de inocencia, el derecho a la propiedad y la irretroactividad de la ley», al permitir la afectación patrimonial sin las garantías procesales.
Agregó que la sentencia del TC abre el paso para la formulación de una nueva legislación que respete los principios constitucionales y garantice un equilibrio entre la lucha contra la criminalidad y la protección de los derechos fundamentales.
La congresista independiente Flor Pablo comentó, en su cuenta de la red social X, que el TC y la Defensoría se habían «puesto del lado de las mafias» al eliminar la extinción de dominio para bienes ilícitos adquiridos antes de 2018.
Recordó que en junio pasado presentó un proyecto de ley que busca despojar a los delincuentes de sus bienes obtenidos ilegalmente y que garantiza la eficacia de la extinción de dominio, el cual se encuentra a disposición para ser agendado en el nuevo periodo de sesiones del Legislativo.
Por su parte, la legisladora izquierdista Ruth Luque afirmó en X que el TC «es parte de la coalición autoritaria» que permite que «condenados, investigados y sentenciados conserven sus bienes, incluso si son producto de actividades delictivas».
Luque añadió que el «mensaje político» del fallo del TC es «desarmar al Estado frente a estructuras criminales y fortalecer a quienes siempre han buscado legalizar lo ilegal».
En febrero pasado, el Ministerio Público informó que las Fiscalías Especializadas en Extinción de Dominio habían recuperado 560 millones de soles (157 millones de dólares) a favor del Estado como resultado de las demandas de recuperación de bienes y activos vinculados a actividades delictivas, entre 2019 y 2024.
La mayoría de sentencias obtenidas en 2024 corresponden a narcotráfico (43 %), seguidas por contrabando (21,8 %), minería ilegal (10,5 %) y lavado de activos (7,6 %).EFE
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