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Nueva ley laboral cubana entra en vigor el 25 de septiembre con teletrabajo y pluriempleo

La Habana, 18 sep (EFE).- El nuevo Código de Trabajo de Cuba, que contempla el pluriempleo, el teletrabajo y la autorización excepcional del empleo a adolescentes de entre 15 y 17 años, aunque no el derecho a la huelga, entrará en vigor el próximo 25 de septiembre después de su publicación este viernes en la Gaceta Oficial de la isla.

La reforma a la ley laboral cubana fue aprobada el pasado julio por la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP, parlamento unicameral) como una legislación más «moderna y flexible», adaptada a la situación actual del país.

Entre los principales cambios, el nuevo Código incluye ahora al cada vez más pujante sector no estatal integrado por las empresas privadas, las cooperativas, los proyectos de desarrollo local, además de reconocer al trabajo autónomo y el teletrabajo, incluso desde el exterior.

Se elimina la autorización administrativa previa para ejercer más de un empleo, pero se mantiene esta exigencia para algunos cargos y funciones como los funcionarios fiscales, contralores, auditores, notarios, abogados, supervisores bancarios y otras funciones sensibles.

También se prevé que ciertas personas puedan trabajar menos horas y conservar la remuneración de la jornada completa cuando las condiciones lo justifiquen y garantiza la protección de los ingresos ante interrupciones o ceses por causas económicas, tecnológicas y estructurales.

Establece la plena capacidad para formalizar relaciones laborales a los 18 años, aunque permite excepcionalmente el empleo de adolescentes a partir de los 15 bajo previa autorización y lo prohíbe a menores de esa edad. Veta expresamente el trabajo forzoso y ratifica la prohibición del trabajo infantil.

Además, se refuerza la protección contra la discriminación, en particular en el embarazo y decreta que las personas con discapacidad interesadas en trabajar, así como los egresados de la educación especial, tienen prioridad para el acceso al empleo.

La norma establece como garantía que el Estado promueve las oportunidades para que las personas puedan acceder a «un empleo digno en condiciones de libertad, equidad y seguridad».

Sobre el derecho colectivo, el Código contiene los principios de libertad sindical (aunque en Cuba opera un único sindicato), autotutela, autorregulación y participación, así como los derechos, deberes y garantías de los directivos sindicales. EFE

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