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Congreso de Perú aprueba que policías y militares solo sean procesados por fuero castrense

Lima, 23 jun (EFE).- El Congreso de Perú aprobó este martes una ley para que los policías y militares solo puedan ser procesados por un tribunal castrense cuando cometan delitos en el ejercicio de sus funciones, en contra de la recomendación emitida por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, que exhortó a su no aprobación.

El Parlamento avaló, en segunda votación, el dictamen que modifica el Código Penal Militar Policial y el Nuevo Código Procesal Penal para que ningún militar o policía sea procesado simultáneamente por los mismos hechos en la justicia ordinaria y en la justicia militar-policial.

Asimismo, la norma ordena a los jueces de la jurisdicción ordinaria archivar investigaciones o procesos cuando se verifique que los mismos hechos ya son objeto de investigación en el fuero militar-policial.

La norma fue promovida por la bancada del fujimorismo en el Congreso, en representación de cientos de policías y militares que siguen siendo procesados hasta la fecha por casos de presuntos abusos de derechos humanos cometidos hace más de 30 años durante el Gobierno del fallecido expresidente Alberto Fujimori (1990-2000) o en las marchas de protesta del 2022 y 2023.

El alto comisionado de la ONU, Volker Türk, señaló previamente que las presuntas violaciones deben ser conocidas por un tribunal ordinario competente, independiente e imparcial, de conformidad con el derecho internacional.

Incluso el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjusdh) de Perú observó la aprobación de la norma, antes de su ratificación en el pleno, por posibles críticas relacionadas con la independencia judicial, la delimitación de competencias entre jurisdicciones y la proporcionalidad de algunas sanciones contempladas en el texto.

La ley aprobada incluye también una precisión sobre el delito de función al incorporar las conductas cometidas por acción u omisión durante el ejercicio de funciones militares o policiales.

De la misma forma, la ley estableció penas de 20 a 30 años de prisión e inhabilitación para militares o policías que colaboren con grupos armados ilegales o bandas criminales aprovechando su cargo o función, e incluso la cadena perpetua cuando dicha colaboración derive en la muerte de una persona.

El Parlamento también aprobó otra iniciativa que incorpora los delitos de lesa humanidad en el Código Penal peruano con el fin de precisar que los casos de asesinato, tortura, desaparición forzada o violación sexual sólo podrán ser considerados de lesa humanidad si se demuestra que fueron cometidos como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil.

Si lo hechos investigados no cumplen con esos elementos deberán ser procesados como delitos comunes conforme a la legislación penal vigente, anotó la norma.

La ley plantea también que se aplique a los juicios en trámite y en las sentencias en revisión, nulidad u otra garantía constitucional.

La disposición legal remarcó que el Estatuto de Roma, que estableció competencia para los crímenes contra la humanidad, entró en vigencia en Perú en 2002 y que los hechos ocurridos antes de esa fecha no podrán juzgarse como delitos de lesa humanidad en el país.

La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH) comentó en la red social X que la ley que amplía la jurisdicción de las cortes militares y policiales es «preocupante» porque la historia ya demostró que en las décadas de 1980 y 1990 «la justicia militar fue utilizada como un escudo para archivar de forma sistemática casos de torturas, ejecuciones extrajudiciales y desapariciones». EFE

mmr/fgg/gad

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