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Ecuatoriano podrá acceder a tratamiento en el exterior tras una década de lucha legal

Quito, 31 ene (EFE).- Larry R., un ecuatoriano que quedó con discapacidad física y visual tras recibir una descarga eléctrica de alta tensión en 2016, podrá finalmente acceder a un tratamiento médico en el exterior, tras una década de lucha legal, informó este sábado la Defensoría del Pueblo de Ecuador (DPE).

Esa institución obtuvo un fallo favorable en segunda instancia dentro de una acción de protección interpuesta para tutelar los derechos de Larry R., cuya situación médica compleja requiere una derivación internacional para acceder a un tratamiento especializado.

La sentencia determinó que el Estado incurrió en omisiones y contradicciones que vulneraron de manera sostenida sus derechos fundamentales.

Entre las principales afectaciones que sufrió el ciudadano tras la descarga eléctrica figuran la pérdida completa de la visión, amputaciones de miembros inferiores, lesiones centrofaciales severas, dolor crónico intenso y graves dificultades respiratorias.

«Esta condición ha comprometido de forma continua su salud, su dignidad, su integridad personal y su calidad de vida», señaló la DPE en un comunicado.

Recordó que, desde 2016, el paciente «enfrentó múltiples obstáculos para acceder a una atención médica oportuna» que permitiera mejorar su estado de salud y evitar el deterioro progresivo de su cuadro clínico.

A pesar de que el Ministerio de Salud Pública (MSP) «reconoció la imposibilidad técnica del sistema nacional de salud» para brindar el tratamiento especializado requerido, no se concretó de manera efectiva la derivación internacional necesaria para garantizar su derecho a la salud, indicó.

En 2019, el MSP suscribió un acta de compromiso mediante la cual el Estado se obligó a garantizar la atención integral del paciente y a gestionar cooperación internacional. Ese mismo año, el Comité Técnico de Gestión de Pacientes con Enfermedades Catastróficas aprobó la derivación internacional, lo que permitió que Larry R. viaje a los EE.UU. para ser valorado en la Clínica Mayo de Rochester.

En dicho centro médico, especialistas determinaron la viabilidad de tratamientos reconstructivos complejos, incluyendo reconstrucción facial y posibles intervenciones oftalmológicas.

Pese a esas recomendaciones, el MSP «incurrió en contradicciones institucionales y no ejecutó de forma efectiva la derivación ni los tratamientos indicados», señaló la DPE, que desde junio de 2024 tomó conocimiento del caso y el 1 de octubre de ese año interpuso una demanda de acción de protección, que inicialmente fue rechazada.

Tras la apelación, el pasado miércoles la Corte Provincial de Justicia de la provincia de Pichincha aceptó la acción de protección, revocó el fallo de primera instancia y reconoció que el Estado «incurrió en omisiones que vulneraron los derechos del accionante».

La sentencia dispuso medidas de reparación integral, entre ellas la ejecución efectiva de la derivación internacional para su tratamiento médico especializado, así como la supervisión de su cumplimiento por parte de la Defensoría del Pueblo.

«Luego de más de diez años de lucha, Larry R. podrá finalmente acceder a un tratamiento integral en el exterior», señaló al anotar que la Corte Provincial de Justicia destacó la tenacidad y constancia del ciudadano frente a los «múltiples obstáculos enfrentados tanto en el sistema de salud como en el acceso a la justicia». EFE

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