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El Tribunal General de UE da la razón a algunos bancos franceses y un alemán contra la JUR

Bruselas, 20 dic (EFE).- El Tribunal General de la Unión Europea (UE) anuló este miércoles la decisión de la Junta Única de Resolución (JUR) a la hora de determinar el nivel de financiación anual que algunos bancos franceses y uno alemán debían hacer al Fondo Único de Resolución (FUR) en 2021, alegando que el importe no era «coherente».

La sentencia -contra las que aún cabe recurso de casación ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE)- explica que la JUR incumplió su «obligación de motivación» a la hora de determinar el nivel de financiación anual para el periodo de contribución de 2021.

Este nivel de financiación, considera el Tribunal General, tiene una «importancia fundamental» en el cálculo de las contribuciones que hacen las distintas entidades financieras que forman parte del FUR para financiar el fondo y que, explica, debe ser «equilibrado».

El FUR es un fondo de emergencia que puede utilizarse en tiempos de crisis y tiene como objetivo evitar que las entidades de crédito y determinadas empresas de servicios de inversión quiebren una vez se agotan las demás opciones.

Se trata de un fondo financiado por el propio sector bancario que se constituye por medio de las contribuciones que pagan las entidades de los 21 países integrados en la unión bancaria, y el importe de las contribuciones se establece en función del tamaño y el riesgo de las entidades.

La Junta Única de Resolución y el Fondo Único de Resolución componen el Mecanismo Único de Resolución Europeo, que empezó a funcionar en enero de 2016 como parte de la unión bancaria, puesta en marcha a raíz de la crisis financiera para supervisar a las grandes entidades de la eurozona y gestionar las quiebras de forma ordenada.

En lo concerniente a este caso, diversas entidades de crédito establecidas en Francia y en Alemania impugnaron el importe de las contribuciones que la JUR fijó para el periodo de 2021 y solicitaron la anulación de la decisión ante el Tribunal General, ya que sostenían que la entidad incumplió su «obligación de motivación» a la hora de determinar el nivel de financiación anual.

En lo referente a los recursos interpuestos por las entidades de crédito establecidas en Francia, la corte también considera que el incumplimiento de esta obligación de motivación constituye «una violación de los principios de buena administración y de tutela judicial efectiva».

Así, en la resolución, el Tribunal General anula por razones ligadas a la «seguridad jurídica» la decisión de la JUR y le da un plazo que no podrá exceder los seis meses para que adopte una nueva decisión en la que fije la contribución que las entidades afectadas deberán hacer al FUR para el período de contribución 2021. EFE

pga/cat/jac

(Más información sobre la Unión Europea en euroefe.euractiv.es)

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