Justicia UE anula negativa de auditores europeos a dejar declarar en investigaciones EPPO
Bruselas, 10 jun (EFE).- El Tribunal General de la Unión Europea anuló este miércoles la decisión de los auditores europeos de impedir a sus empleados declarar en una investigación de la Fiscalía Europea (EPPO), una sentencia que la propia fiscalía calificó de «histórica».
Así se pronunció la corte con sede en Luxemburgo en relación con un asunto que se remonta a 2024, cuando el Tribunal de Cuentas se negó a permitir que una docena de funcionarios ofrecieran información como testigos en el marco de una investigación de la Fiscalía Europea.
La corte con sede en Luxemburgo dictaminó hoy que el Tribunal de Cuentas no puede bloquear estas solicitudes y que ninguna institución de la UE puede imponer condiciones a las investigaciones de la EPPO.
Y dejó claro que redunda en el interés de la UE permitir a la Fiscalía Europea recabar pruebas en una investigación, incluso mediante testimonios de funcionarios de la Unión, para que, eventualmente, pueda decidir archivarla.
La fiscal jefe europea, Laura Kövesi, consideró que se trata de «una sentencia histórica, cuyas consecuencias, espero, serán plenamente comprendidas por todas las instituciones, órganos, oficinas y agencias de la UE».
«El Tribunal de la UE lo ha dejado bien claro: las investigaciones de la Fiscalía Europea redundan en interés de la UE, y las instituciones que reciben solicitudes de levantamiento de inmunidades no pueden determinar las condiciones en las que la EPPO está autorizada a llevar a cabo dichas investigaciones», señaló en un comunicado.
La fiscal jefe añadió que «las normas de confidencialidad y las inmunidades existen para proteger el correcto funcionamiento de las instituciones, no para impedir que se establezca la verdad».
En su sentencia, la corte europea dictaminó que los «intereses de la Unión» que pueden justificar la denegación de autorización para revelar información en procedimientos judiciales deben ser necesariamente de gran importancia, vitales para la Unión Europea, lo cual no se desprendía claramente de la decisión impugnada.
Además, sostuvo que la postura del Tribunal de Cuentas, que vinculaba la comparecencia de testigos con la cuestión de la inmunidad de las personas investigadas, se basaba en una interpretación errónea del Derecho comunitario. EFE
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