El Supremo británico confirma la ejecución de laudos de energías renovables contra España
Londres, 4 mar (EFE).- El Tribunal Supremo del Reino Unido confirmó este miércoles que pueden ejecutarse en el país los laudos de arbitraje internacional que obligan a España a indemnizar a Infrastructure Services Luxembourg y Energia Termosolar con 120 millones de euros por el recorte retroactivo en 2013 de las primas a energías renovables.
Los jueces del Supremo desestimaron el recurso presentado por el Estado español y ratificaron la decisión emitida en 2024 por el Tribunal de Apelación, que dio la razón a las empresas al considerar que la adhesión de España al Convenio del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), dependiente del Banco Mundial, constituye «una aceptación de la jurisdicción británica» para la ejecución de los laudos.
La corte también rechazó el argumento del Gobierno de España de que estaba amparado por la inmunidad soberana.
En un comunicado, los representantes legales de los inversores señalaron que, tras el fallo de hoy, podrán avanzar en sus esfuerzos para ejecutar el cobro de la deuda, pendiente desde 2018, lo que incluye la posibilidad de actuar sobre activos comerciales del Estado español en Inglaterra.
Recordaron que el Tribunal Superior de Londres ordenó en 2023 una medida provisional que grava un terreno propiedad de España en la zona de Notting Hill y que ese asunto será objeto de una vista definitiva más adelante este año.
A su juicio, la decisión de este miércoles deja a España expuesta a eventuales embargos si persiste en su negativa a pagar.
Richard Clarke, abogado del despacho Kobre & Kim, que representa a los demandantes, afirmó que el fallo «refuerza el consenso internacional de que los laudos del CIADI deben cumplirse y ejecutarse por los Estados signatarios» y sostuvo que, cuando un Estado acepta por tratado renunciar a su inmunidad jurisdiccional, no puede invocarla posteriormente para impedir la ejecución.
Infrastructure Services Luxembourg, domiciliada en Luxemburgo, y Energia Termosolar B.V., de Países Bajos, acudieron al CIADI para reclamar compensación por los cambios que España introdujo en su régimen regulatorio del sector energético.
El tribunal arbitral emitió los laudos condenatorios, que reconocieron que estas modificaciones violaron el Tratado de la Carta de la Energía de 1994 y fijaron pagos de 62 millones de euros y 58 millones de euros, respectivamente, según el dictamen.
España notificó en 2024 su retirada del Tratado de la Carta de la Energía, aunque la cláusula de supervivencia mantiene la protección de inversiones previas y no afecta a los laudos ya dictados.
A finales de 2025, España acumulaba 28 condenas firmes derivadas de arbitrajes similares por un total de unos 1.750 millones de euros, más cerca de 300 millones en intereses de demora, según fuentes de las empresas afectadas.
Ante la negativa del Estado a pagar, los acreedores han impulsado la ejecución de los laudos en jurisdicciones como Estados Unidos, Australia, el Reino Unido o Bélgica, con algunas resoluciones favorables e incluso medidas de embargo. EFE
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