Estrasburgo desestima una demanda contra España por negligencia médica
París, 8 oct (EFE).- El Tribunal Europeo de Derechos Humanos desestimó este jueves una demanda por negligencia médica interpuesta por una pareja que perdió a su bebé tras un parto con cesárea en 2017.
El tribunal considera que las diferentes decisiones judiciales adoptadas en España, que rechazaron los diferentes recursos de la pareja, son conformes al Convenio y, por tanto, rechazó la demanda.
Los demandantes, que buscaban su segundo hijo, consideraban que el equipo médico que les atendió había cometido una negligencia y que los consentimientos informados que firmaron no estaban suficientemente argumentados.
La mujer firmó dos, uno el 26 de julio de 2017 para autorizar una ligadura de trompas tras el parto y un segundo el 17 de agosto para practicarle una cesárea, que había sido programada para cinco días más tarde ante las complicaciones detectadas en el parto.
Tras el mismo, y una vez practicada la ligadura de trompas, el bebé sufrió un empeoramiento de su estado y falleció el 31 de agosto.
El Tribunal considera que el consentimiento informado que firmó la paciente «indicaba claramente que existía un riesgo ligero de mortalidad y que la cesárea no estaba exenta de posibles complicaciones».
En cuanto al consentimiento relativo a la ligadura de trompas, la sentencia establece que el personal médico la practicó tras el parto, por lo que no podía saber que el bebé iba a fallecer.
No haberla practicado, señala, «habría significado ignorar la clara indicación de la demandante de que la ligadura de trompas se hiciera inmediatamente después del parto». EFE
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